viernes, 5 de julio de 2019

El impuesto sobre sociedades lo pagan también los trabajadores

Juan Rallo analiza el mito y falacia mediante el cual los políticos justifican subidas de impuestos y medidas demagogas con las que supuestamente "ayudan" a la gente o trabajadores, mientras que sus efectos reales son justo lo contrario (pero políticamente o ideológicamente puede ayudarles electoralmente). 

Efectos que se reconocen en ciertos ámbitos, mientras que no se quieren ver en otros. Para ello ejemplifica el impuesto de sociedades y el de actos jurídicos. 
Artículo de El Confidencial: 
Foto: Imagen de Wilfried Pohnke en Pixabay. Imagen de Wilfried Pohnke en Pixabay.
Cuando Pedro Sánchez anunció desde el Parlamento que “nunca más los españoles pagarán el impuesto sobre actos jurídicos documentadoslo pagará la banca”, todos (o prácticamente todos) fuimos conscientes de que mentía. A la postre, la ley tributaria solo tiene capacidad para determinar quién carga con la obligación de ingresar un determinado impuesto en las arcas del fisco, pero no para establecer quién soporta el coste económico del mismo.
Como ya hemos explicado en numerosas ocasiones, el contribuyente efectivo de una figura fiscal no viene determinado por la ley, sino por el poder de negociación de cada agente económico o, expresado algo más técnicamente, por las elasticidades relativas de oferentes y demandantes. Tomemos el caso del impuesto sobre actos jurídicos documentados: la demanda de financiación hipotecaria es relativamente poco elástica porque afecta a un bien bastante básico (la vivienda) y porque, a su vez, el demandante no cuenta con sustitutivos cercanos al crédito bancario (la oferta no bancaria de hipotecas es prácticamente nula); a su vez, la oferta de hipotecas es relativamente elástica porque el banco puede modular su suministro sin ver apreciablemente afectado su coste marginal.
Una oferta más elástica que la demanda significa que, en última instancia, será el demandante quien termine pagando la mayor parte del impuesto: los bancos reducen la oferta hipotecaria a tipos bajos y el hipotecado se adapta manteniendo casi inalterada su demanda a tipos altos. Y, en efecto, atendiendo a la dispar evolución del coste medio de los tipos de interés hipotecarios en España y en el resto de Europa, parece bastante evidente que los bancos han terminado repercutiendoa los hipotecados al menos una parte apreciable del impuesto sobre actos jurídicos documentados.
Sucede que, a pesar de que la inmensa mayoría de ciudadanos entendemos y aceptamos estos razonamientos tan elementales, cuando se trata de trasladarlos a otros ámbitos de la realidad económica, demasiadas personas todavía se resisten a aceptar sus implicaciones inevitables. Tomemos el caso del impuesto sobre sociedades. A buen seguro, muchos ciudadanos consideran que una mayor fiscalidad sobre las empresarias españolas contribuiría netamente a mejorar la calidad de vida del resto de la sociedad: les quitaríamos parte de su dinero a los acaudalados empresarios para redistribuirlo hacia el conjunto de la población.
Este fue, de hecho, el razonamiento empleado este pasado lunes por la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, cuando defendió la conveniencia de gravar con más saña a las empresas para recaudar 5.000 millones de euros adicionales por año y avanzar hacia la (mal llamada) justicia social. Pero, siguiendo las enseñanzas esenciales del caso del impuesto sobre actos jurídicos documentados, ¿acaso no cabe pensar que es harto probable que buena parte de ese tributo termine repercutiendo sobre otros agentes económicos?
A la postre, las empresas podrían tener un cierto poder negociador frente a sus trabajadores y frente a sus consumidores (de hecho, los principales defensores de la subida del impuesto sobre sociedades también son, paradójicamente, quienes atribuyen un mayor poder de negociación a esas compañías frente a consumidores y trabajadores), tratando de repercutirles el mayor impuesto sobre sociedades en los precios de los productos que venden y en los salarios de los trabajadores que contratan. No en vano, en la medida en que las empresas puedan trasladar su sede fiscal a otras jurisdicciones (y tributar desde ellas por las ganancias que cosechan exportando sus bienes o servicios a terceros países), su capacidad para repercutir marginalmente los costes de ese tributo a sus 'stakeholders' no es desde luego desdeñable.
La evidencia disponible al respecto, de hecho, nos indica que la mitad del coste del impuesto sobre sociedades puede terminar siendo soportado por los trabajadores en forma de menores salarios (y, especialmente, por los trabajadores menos cualificados): mayor carga tributaria sobre las empresas, menor inversión interna, menor demanda de trabajadores y, en suma, salarios más bajos que en ausencia de la mordida fiscal. Son, pues, los trabajadores quienes asumen buena parte del coste fiscal que recae sobre las empresas para continuar siendo contratados (acaso por ello, por cierto, los países nórdicos mantengan directamente impuestos altos sobre los trabajadores y sobre el gasto interno en consumo antes que sobre los beneficios de empresas insertas en el comercio global).
La lógica del razonamiento anterior es exactamente la misma que la del impuesto sobre las hipotecas. Pero mientras en un caso aceptamos esta lógica sin demasiadas dificultades, en el otro continuamos cerrando los ojos ante la realidad. ¿Por qué si era evidente que los bancos no iban a cargar en solitario con el AJD todavía nos creemos ingenuamente que el resto de empresas sí van a cargar en solitario con el impuesto sobre sociedades?

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