martes, 5 de marzo de 2019

El PSOE otorga carta blanca a los ayuntamientos para disparar el IBI a las viviendas vacías

Manuel Llamas expone otra muestra de la radicalidad del PSOE, cada vez más virado a la extrema izquierda, con medidas que suponen un creciente control de todo en manos de los políticos, cuyo respeto por la propiedad privada de las personas es nulo, y en donde la palabra voluntariedad o libertad no tiene cabida, prefiriendo siempre la imposición coactiva (y esta medida no es más que una muestra de chantaje impuesto por ley). 

Causan problemas graves en la ley de oferta y demanda (limitan e impiden el crecimiento de la oferta, y la encarecen drásticamente, mientras que inflan artificialmente la demanda), haciendo disfuncional el mercado y provocando escasez relativa de oferta en relación a la demanda, lo que impulsa al alza los precios, a lo que se suman elementos demográficos (aumento de población, turismo...). 


Pero su salida no es solucionar las causas del encarecimiento del alquiler (aumento de la oferta para que hayan más viviendas; reducción de impuestos y regulaciones para abaratar el coste y número de viviendas y aumentar la inversión en suelo; reducción del gasto público, subvenciones y de políticas expansivas para reducir la inflación, aumento de costes, burbujas de activos...; hacer leyes contra la okupación y de mejora de la seguridad jurídica para aumentar el stock de vivienda en alquiler y la inversión en vivienda...). 

Su salida es la demagogia y la respuesta populista e intervencionista que coarta la libertad, emplea la violencia institucional, expropia coactivamente viviendas, aumenta su poder arbitraria frente al pueblo y NO soluciona un ápice el problema de los precios en el alquiler, puesto que NO soluciona el problema. 

El resultado de esta desfachatez será la reducción de la inversión, la consecuente mayor escasez de viviendas futura, el deterioro de las viviendas por parte de los propietarios, el aumento de precios aún más de inicio (porque no podrán subir los precios durante los años de contrato), las operaciones en economía sumergida, el aumento artificial todavía mayor de la demanda (que implica precios mayores) y la futura escasez creciente de la vivienda al no encontrares la oferta y la demanda (mayor nivel de demanda que de oferta). 
Artículo de Libre Mercado: 
El ministro de Fomento, José Luis Ábalos | EFE
El decreto de medidas urgentes en materia de alquiler, que, entre otras novedades, limita las subidas anuales de los precios al incremento del IPC para todos los contratos nuevos durante la duración del contrato firmado (5 años en el caso de particulares y 7 en el de empresas), entrará en vigor mañana tras su publicación este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
El texto introduce numerosas restricciones en materia de alquiler, lo cual ha generado fuertes críticas entre los agentes y expertos inmobiliarios, ya que su aplicación restringirá la oferta y, por tanto, presionará al alza los precios en las zonas de mayor demanda. Pero también incorpora medidas fiscales cuya puesta en marcha no estará exenta de polémica. Es el caso de los nuevos recargos tributarios sobre las viviendas vacías.
El decreto del Gobierno socialista modifica la regulación del recargo previsto para los inmuebles de uso residencial "desocupados con carácter permanente" para que, a partir de ahora, los ayuntamientos gocen de carta blanca a la hora de penalizar la existencia de viviendas vacías a través de la subida del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI). Esta posibilidad se introdujo en la normativa estatal en 2004 a través de una modificación de la Ley de Haciendas Locales, pero nunca se llegó a implementar de forma plena debido a la ausencia de desarrollo reglamentario, que, entre otras cuestiones, debía aclarar el concepto de "casa vacía".
Esta es la razón por la que varios ayuntamientos que han tratado de subir el IBI a este tipo de inmuebles se hayan topado, habitualmente, con el rechazo de los tribunales de Justicia. Ahora, el Gobierno del PSOE elimina esta traba al dejar en manos de los municipios la potestad para definir como consideren el concepto y características concretas de las viviendas "desocupadas con carácter permanente". De este modo, los ayuntamientos contarán con una poderosa herramienta fiscal para forzar a los propietarios a poner sus casas en el mercado del alquiler.
El texto señala que los ayuntamientos podrán exigir un recargo de hasta el 50% de la cuota líquida del IBI a los propietarios de "inmuebles de uso residencial que se encuentren desocupados con carácter permanente", pudiendo, además, establecer "un único recargo o varios en función de la duración del período de desocupación del inmueble".
Y la clave aquí es que el Gobierno delega en los ayuntamientos la definición de vivienda vacía, al señalar que "tendrá la consideración de inmueble desocupado con carácter permanente aquel que permanezca desocupado de acuerdo con lo que se establezca en la correspondiente normativa sectorial de vivienda, autonómica o estatal, con rango de ley, y conforme a los requisitos, medios de prueba y procedimiento que establezca la ordenanza fiscal". Así pues, las autoridades locales dispondrán de manga ancha a la hora de sancionar los pisos vacíos mediante la subida del IBI.
Por último, el decreto señala que la declaración municipal como inmueble desocupado con carácter permanente exigirá "la previa audiencia del sujeto pasivo y la acreditación por el Ayuntamiento de los indicios de desocupación, a regular en dicha ordenanza, dentro de los cuales podrán figurar los relativos a los datos del padrón municipal, así como los consumos de servicios de suministro".

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