lunes, 2 de febrero de 2015

La Tasa Tobin y sus fatales consecuencias

Las consecuencias de la implantación de la Tasa Tobien a las transacciones económicas son más que negativas, y así ha sido en cada caso donde se ha llevado a cabo, caracterizado por fuga de capitales, recaudación muy inferior a la estimada, fuerte caída del volumen de operaciones, reducción de la profundidad de mercado, aumento de la volatilidad (justo lo que se pretendía evitar...). 

Algo que se viene advirtiendo y es bien conocido, pero es bien sabido que el político se mueve por otros motivos, incluida la ignorancia, la búsqueda de "cabezas de turco" y el apoyo social y de votos.
Marc Fortuño comenta muy brevemente estos hechos.
 
Artículo de Euribor: 
 
La Tasa Tobin se conoce como Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF), como bien indica el nombre grava a las operaciones financieras que envuelven a los instrumentos financieros ya sean acciones, bonos, o derivados financieros. Este impuesto se justifica argumentando que hay que poner límites a la economía especulativa, controlando así los movimientos del mercado de elevada volatilidad y se presupone siempre una gran recaudación que como veremos no suele suceder ni se le acerca.
 
En primer lugar hay que aclarar una cuestión, la Tasa Tobin hace referencia al Premio Nobel James Tobin cuya principal preocupación era reducir la volatilidad de las divisas, tras la crisis de los tigres asiáticos que produjo un batacazo en sus respectivas divisas. En ningún caso James Tobin argumentó que se debería imponer un impuesto a TODAS las transacciones financieras. Por lo tanto desde un inició ya existe una interpretación deliberada a la propuesta del economista.
 
El ejemplo de Suecia
 
Suecia introdujo el ITF en el año 1984 con una estimación inicial de recaudar 1.500 millones de coronas pero como suele ser habitual en estos casos las estimaciones suelen estar muy desvinculadas de la realidad y la realidad es que en ese ejercicio se recaudaron apenas 100 millones de coronas y para más inri, los beneficios cayeron así que los impuestos sobre beneficios también recaudaron menos.
 
Lo curioso de este asunto es que si se pretendía reducir la volatilidad del mercado aplicando el impuesto sucedió todo lo contrario… cuando menor es el volumen de negociación los movimientos del mercado son mucho más bruscos que en entornos en los que abunda la liquidez.
 
Asimismo la fuga de capitales fue masiva ya que se llevaron el negocio a Londres. En 1990 el 50% de las transacciones en renta variable se deslocalizó hacia la capital del Reino Unido, junto al 85% del de las transacciones en bonos y el 98% de las transacciones en derivados financieros.
 
El ejemplo de Francia
 
En agosto de 2012, Francia puso en marcha la Tasa Tobin, gravando con un 0,2% a los valores de la Bolsa de París que superaban los 1.000 millones de euros en capitalización, afectando a un total de 109 empresas cotizadas. En un principio se estimaba una recaudación de 550 millones de euros para el resto del ejercicio y oh sorpresa! se recaudó 250 millones de euros.
 
En este supuesto pasó lo mismo que en el anterior no sólo se recaudó menos de lo estimado, sino que se hundió el volumen de negociación más de un 20%. Es un efecto lógico ya que los inversores no tienen porque estar en esos determinados valores y pueden y deben buscar valores semejantes que no estén bajo el azote fiscal del ITF.
 
Tasa Tobin para España y 10 países más de la UE en 2016
 
Viendo los ejemplos anteriores, cualquiera pensaría que los ministros de Economía y Finanzas se lo pensarían un poco antes de aplicar la Tasa Tobin pero de momento se prevé que España y otros 10 países de la Unión Europea apliquen una Tasa Tobin conjunta para inicios de 2016. No obstante los ministros deberían haber llegado a un acuerdo para este año, que finalmente no se ha dado ya sea por motivos técnicos o políticos. Por ejemplo España no quiere que el impuesto se aplique a la operativa de bonos o bien Francia quiere cercenar a todos los productos derivados. De momento la propuesta de la Comisión Europea es de imponer un gravamen del 0,1% para operativa al contado y un 0,01% en la operativa sobre derivados.

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