Adrià Pérez analiza la suspensión cautelar por parte del Tribunal Constitucional del impuesto aprobado por el Parlamento catalán sobre las viviendas vacías, mostrando la falta de argumentación económica y moral por parte del PP, por su hipocresía respecto a los impuestos.
Y es que al final, no hay debate ideológico ni económico alguno, ni competencia fiscal alguna, en la práctica no hay apenas diferencia entre unos y otros. Todos están de acuerdo en expropiar y robar en cantidades crecientes al ciudadano, arrollando cada vez más sus propiedades y libertades.
Artículo de Voz Pópuli:
Hace dos días el Tribunal Constitucional ha dejado en suspenso, hasta que dicte sentencia, varias normas aprobadas por el Parlamento catalán, en particular, el impuesto sobre las viviendas vacías que trata de favorecer el alquiler. Y lo hace al admitir a trámite un recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno, cuya motivación es la de que el Parlament invade las competencias del Estado.
Este ha sido otro ejemplo de la igualdad de políticas fiscales que impera en todos los partidos políticos. No por el contencioso legal, que determinará quién puede cobrar el impuesto, sino por todos los argumentos de fondo y de peso que no se han utilizado para criticar este enésimo impuesto que se inventan nuestras administraciones, en esta ocasión la catalana. Al contrario. La variedad de propuestas políticas y económicas de los partidos brilla por su ausencia, más grave por aquellos que, como el PP, se muestra dolido por haber tenido que subir impuestos y ser amigo de bajarlos.
El debate ideológico que no existirá
En lugar de entablar un debate ideológico, económico y social ante una medida tan perniciosa e invasiva como el nuevo impuesto sobre las viviendas vacías catalán, el PP ha optado por combatirlo únicamente por la vía competencial.
No castigar una conducta que autónomamente deciden miles de personas (no alquilar sus propiedades) es el principal argumento que también podría haber empleado el Gobierno si realmente tuviera la ideología de impuestos bajos que clama en período electoral. Si la oferta potencial de inmuebles no se materializa es por legítimas razones que las autoridades pretenden doblegar imponiendo este tributo, con la inexistente oposición política del gobierno central.
En este caso concreto, los obligados a enfrentarse a este impuesto en Cataluña serían personas jurídicas. Pero precisamente es ante las justificaciones más loables y biempensantes, cualquiera que sea la administración, donde más batalla hay que dar ante una medida que atenta contra la decisión de los afectados, aunque sean personas jurídicas. Si se consigue esquilmar a las sociedades el siguiente paso será extender la imposición a capas más amplias de la población. Qué impide, también, extenderlo a bienes un poco menos duraderos: máquinas, inmuebles industriales, coches… por parte de más administraciones. El principio es el mismo que el que opera en la literatura vampírica: si das permiso para entrar en tu casa a uno de estos, prepárate para lo peor. Y siendo España uno de los países que más grava el trabajo, resulta muy jugoso para cualquier nivel de la Administración volcarse fiscalmente en la propiedad, en el enorme stock de inmuebles de la clase media que, por su naturaleza, no pueden huir. Si no se frenan con todo tipo de argumentos estas iniciativas, el camino se presenta muy empedrado.
Y, precisamente por ser bienes raíces, es de vital importancia que quien ostente el poder fiscal sea lo más pequeño posible, para que la natural desventaja entre administración y administrado en relación a un bien inmóvil se compense parcialmente por la presión real que podrían ejercer los afectados sobre quien fija los impuestos: más efectiva sobre un alcalde que sobre un ministro en la Castellana, insensible a presiones y con mucho poder.
Aún siendo locales, dados los numerosos propietarios de viviendas que hay, estos impuestos no dejan de implementarse de manera sutil para el Fisco. Un argumento, este sí, que es lógico que no haya usado Ejecutivo. En lugar de su expropiación chavista, se trata de hacerlos más aceptables ligándolos a un determinado uso del inmueble (penalizando el uso no querido por la norma) y tratando, por el camino, de recabar valiosa información (identificación de propietarios, detección de alquileres, etc).
Y es que esa es otra cuestión: ¿cómo hacer cumplir esta ley? El hecho imponible es mantener desocupada una vivienda 2 años: ¿van a entrar los inspectores a nuestras casas?¿Tenemos que demostrar por qué no acatamos una ocurrencia fiscal absurda? ¿Por qué no justifican ellos que tengamos un mercado del alquiler que obliga a que la oferta potencial no se materialice? Argumentos que el Gobierno que más impuestos ha subido en una de las peores etapas económicas de España también es normal que no utilice. No es sólo una cuestión competencial, por tanto, es ética, moral… y económica.
El debate económico que tampoco existirá
El propio Gobierno no ha tenido reparos en usar los ingresos que generaría este impuesto en la Actualización del Programa de Estabilidad 2016-2019 remitido a Bruselas, tratando de justificar su fallida política fiscal. Ninguna mención a problemas competenciales, lo que nos lleva a sospechar que pueda realizar la misma maniobra que con los impuestos a los depósitos bancarios: el gobierno central se apropió de esos impuestos que estaban creando las autonomías para, en primer lugar, poner un tipo 0% y luego, incrementarlo. Por lo que se entiende que el Gobierno se haya cuidado de defender la competencia fiscal entre Administraciones, no vaya a ser que luego no pueda hacer la misma maniobra que con los depósitos.
La competencia fiscal entre jurisdicciones es positiva por cuanto permite la existencia de una presión hacia las administración a tener impuestos más bajos que sin dicha presión. Por tanto, se entiende que tampoco este argumento haya convencido al Ejecutivo popular para contrarrestar este tipo de iniciativas fiscales autonómicas.
El Gobierno arguye que habría doble imposición, ya existe el IBI que tiene un recargo para las viviendas vacías. Algo que sorprende pues la sobreimposición en el sistema fiscal es una de las características más habituales, también en operaciones inmobiliarias. Por ejemplo, cuando se adquiere un inmueble, sea una sociedad o persona física, o se paga el IVA o el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, impuestos que se giran sobre el valor de la vivienda. Un valor que ya incluye en su precio, como cualquier bien duradero, la corriente de servicios que se espera que produzca, ya sea para uso propio o alquiler. Por consiguiente, ya se está gravando el valor de la vivienda, esté o no ocupada. Y, no son esas las únicas sobreimposiciones que un Gobierno preocupado por evitarlas trataría de ir eliminando: el propio IRPF se inventa una renta para gravarla, una renta inexistente o ficción fiscal, en relación con los inmuebles que no estén afectos a actividades económicas.
Conclusión
En definitiva, no dejan de darse ejemplos concretos para afirmar la extrema similitud en temas fiscales entre los partidos de toda condición y región. El PP no es Podemos ni Junts pel Sí o Esquerra, pero actualmente es tan poco diferente en estas materias del partido morado o independentista y todos los demás, como lo pueda ser cualquier otro partido, y viceversa. Si realmente fuera un partido afín a una fiscalidad “moderada” como proclama en campaña electoral, además de presentar el recurso debería haber ofrecido a la población un argumento bien sencillo: lo importante no es sólo de quién es competencia el impuesto sobre las viviendas vacías, sino que no debería ser competencia de nadie.
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