martes, 24 de noviembre de 2020

PSOE y Podemos mienten sobre la educación diferenciada y se saltan una sentencia del TC

Elentir expone otra burda manipulación y ataque a los colegios concertados por parte de la Ley Celaá (LOMLOE), en este caso de educación diferenciada, en un nuevo atentado contra la libertad de elección educativa, y cuya elección de este tipo de educación está amparada (y ratificada por el Tribunal Constitucional) por la Constitución española, la Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza de la UNESCO de 1960, la Declaración Universal de Derechos Humanos o el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. 

Es otra nueva evidencia de la constante persecución de la izquierda contra la libertad, y su énfasis en la prohibición y la imposición de su ideología a todo el mundo. 


Artículo de Contando Estrelas: 







Una de las cuestiones que deberíamos tener claras en todo el mundo civilizado es que no puede haber democracia ni libertad sin un Estado de Derecho.

Quieren quitar los conciertos a la diferenciada acusándola de «segregar»

El Estado de Derecho implica que los poderes públicos están obligados a respetar la ley, empezando por la más fundamental, que es la Constitución Española y la jurisprudencia constitucional que la interpreta. Hay que recordar esto porque hoy se ha sabido que el PSOE y Podemos han pactado retirar los conciertos educativos a los colegios de educación diferenciada. Según indica Europa Press, eso se haría mediante una enmienda que afirma lo siguiente: “ningún centro público o sostenido con fondos públicos pueda segregar por motivo de sexo y género”.

Una mentira que ya fue desmontada en 2018 por una sentencia del TC

La afirmación de que la educación diferenciada “segrega” es una mentira recurrente de los partidos y medios de izquierda y extrema izquierda. Con esa mentira pretenden equiparar la diferenciada con el racismo. Es una burda manipulación que el PSOE incluyó en su recurso al Tribunal Constitucional (TC) contra la LOMCE, un recurso que ya comenté detalladamente aquí. Como ya he señalado en múltiples ocasiones, esa mentira del PSOE contradice la Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza de la UNESCO de 1960cuyo artículo 2 señala que la educación diferenciada no es discriminatoria.

El TC: «la educación diferenciada por sexos no es discriminatoria»

Como ya señalé entonces, el TC rechazó aquel recurso del PSOE con su Sentencia 31/2018. En ella se afirmaba claramente: “en los términos de la Convención, la educación diferenciada por sexos no es discriminatoria, como tampoco lo es la educación separada por motivos lingüísticos o religiosos o en centros privados, siempre que se cumplan las condiciones previstas en ese texto internacional”.

El TC recordaba que “las normas relativas a los derechos fundamentales y libertades públicas contenidas en la Constitución deben interpretarse de conformidad con los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España (art. 10.2 CE)”, y que esta interpretación no se limita a los textos aprobados con posterioridad a la Constitución, como pretendía el PSOE en su recurso. De hecho, en lo relativo a su interpretación, el propio Artículo 10 de la Constitución hace mención expresa a la Declaración Universal de Derechos Humanosque fue aprobada en 1948 y que sigue teniendo plena validez en España a día de hoy, al igual que el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticosque entró en vigor en 1976.

Un modelo docente que entra dentro de la libertad de educación

En la citada sentencia, el TC también señaló que “desde el punto de vista de la cobertura constitucional de la educación diferenciada, hemos de recordar que se trata de una opción pedagógica de voluntaria adopción por los centros y de libre elección por los padres y, en su caso, por los alumnos”, y que “la opción por un determinado modelo pedagógico forma parte del derecho al ideario o carácter propio del centro”. El TC añadía: “El ideario puede ser considerado en gran medida, aunque no sólo, como punto de convergencia que posibilita el ejercicio del derecho de creación de centros y el derecho de los padres a elegir el tipo de educación que desean para sus hijos, poniendo en conexión oferta y demanda educativa”. Son derechos amparados por el Artículo 27 de la Constitución.

En la citada sentencia, el TC también señalaba que “la educación diferenciada no puede ser considerada discriminatoria, siempre que se cumplan las condiciones de equiparabilidad entre los centros escolares y las enseñanzas a prestar en ellos a que se refiere la Convención de 1960, lo que en nuestro caso está fuera de toda duda, pues está garantizado el puesto escolar en todos los casos; y la programación de las enseñanzas que corresponde a los poderes públicos ex artículo 27.5 CE, así como la forma esencial de prestación de las mismas, no hacen distinción alguna entre centros mixtos, centros femeninos y centros masculinos. Si alguna diferencia de trato indebida existiera sólo sería atribuible al centro escolar en la que se produjera, y no sería imputable al modelo en sí”.

PSOE y Podemos pretenden vulnerar derechos constitucionales con una mentira

Así pues, el PSOE y Podemos mienten al acusar a la educación diferenciada de “segregar”, esto es, de discriminar. Y lo peor ya no es que mientan -algo que, dicho sea de paso, viene siendo habitual en ambos partidos-, sino que mienten para vulnerar el ejercicio de un derecho constitucional de los centros educativos y de las familias. Tal vez estos señores no se han enterado, pero los españoles que eligen para sus hijos la educación diferenciada pagan impuestos igual que los demás, y puesto que pagan impuestos, deben tener derecho a elegir el tipo de educación que desean para sus hijos: ningún político puede imponérselo, a menos que ese político tenga la pretensión más o menos disimulada de suspender el régimen de libertades establecido por el pacto constitucional y poner en su lugar una dictadura.

Foto: Efe.

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