miércoles, 27 de enero de 2021

El derecho a una verdad colectiva

José Carlos Rodríguez analiza el derecho al que nos obliga el Estado, en referencia a su Ley de "memoria democrática".

Artículo de Disidentia: 

El Gobierno ha aprobado un Anteproyecto de Ley, envuelto en el sintagma “memoria democrática”. El concepto es semánticamente confuso. La memoria es un ejercicio individual, y por tanto no puede ser estrictamente democrática. Dos personas no pueden acordar la memoria de un tercero. Esa confusión es calculada: se basa en la probabilidad esperada del cómputo de ciudadanos que asuman como inmediatamente cierto, y justo, todo aquello que se apellide “democrático”. A tal fin, la colaboración de los medios de comunicación ni siquiera entra en el cálculo, porque se da por hecha: su probabilidad es de uno.

Amnistía Internacional ha estudiado el texto que se someterá al Congreso de los Diputados. No oculta su impaciencia. Ni siquiera esta ley va lo suficientemente lejos. Y precisa: “Todavía no aparece claramente identificada una política de Estado sobre el derecho a la verdad colectiva”. Este derecho que, al parecer, nos asiste, a que el Estado establezca una verdad que debamos asumir colectivamente, está reconocido en el texto del anteproyecto. Pero sólo como una “finalidad de fomentar el conocimiento científico imprescindible para el desarrollo de una memoria democrática”, pero no se relaciona “expresamente con la promoción de la verdad colectiva”.

En el texto del anteproyecto se habla de la verdad en dos sentidos. Uno, estrictamente individual: Las víctimas del franquismo, y del bando nacional de la Guerra Civil, y sólo las de ese bando, tienen el derecho a que el Estado ponga los medios adecuados para que se conozcan las circunstancias en las que éstas sufrieron la represión franquista.

Pero el texto también habla de otro concepto de verdad, que es estrictamente colectivo. Así, dice: “La ciudadanía tiene actualmente el derecho inalienable al conocimiento de la verdad histórica sobre el proceso de violencia y terror impuesto por el régimen franquista, así como sobre los valores y los actos de resistencia democrática que llevaron a cabo quienes cayeron víctimas de su represión”. En otro lugar habla de una “verdadera memoria escrita del Estado”, como eufemismo de verdad oficial.

¿Qué es este “derecho a una verdad colectiva” del que habla Amnesia Internacional? Para empezar, ¿puede existir una verdad colectiva? Si hablamos de los hallazgos de la ciencia, entonces quizás podamos llegar al consenso de aceptar algunos de ellos como establecidos, aunque para ello nos debamos olvidar de que la ciencia es una búsqueda sin término (Popper). Pero sobre las cuestiones políticas, en las que necesariamente hay un conflicto, ¿podemos hablar de una verdad colectiva? Y, por otro lado, ¿quién es el titular de ese derecho? Si lo somos los ciudadanos, ¿se trata de una norma de carácter dispositivo? Es decir, ¿puedo renunciar a participar de esa verdad colectiva u oficial? SI el titular de ese derecho es el Estado, ¿tengo derecho a ignorar al Estado en este punto, como sugería Herbert Spencer?

Creo que todo este asunto se entiende mucho mejor si reconocemos que detrás de esos conceptos está Emile Durkheim. Durkheim asumía una psicología sensacionalista. Y pensaba que la vida en común, la interrelación de personas, daba lugar a una “conciencia colectiva”[i], que es mucho más rica que la de cualquiera de sus elementos, los individuos. De este modo, esa mente colectiva, que tiene conciencia propia, es superior a la de cualquiera de los miembros de la sociedad. De hecho, moldea las conciencias particulares, marca las lindes del pensamiento de cada persona y se impone a esas conciencias, pequeñas y falibles.

Sólo la conciencia colectiva es capaz de llegar a una verdad absoluta. Aquí, esa conciencia es un trasunto de Dios, verdad en Sí mismo y fuente de todo lo verdadero. De hecho, aunque en un sentido distinto, Durkheim llega a establecer que Dios y la sociedad son lo mismo: para él Dios es la propia sociedad, transfigurada e imaginada en un elemento externo, o en un totem. Durkheim ve a Dios como una creación social y, en última instancia, como una criatura fruto de esa conciencia colectiva. Y así como Dios es la verdad, en realidad la verdad quien la establece es quien ha creado a Dios; es decir, la propia conciencia colectiva.

Lo que no está asegurado, según Durkheim, es que esa conciencia colectiva alcance la verdad. Es más, puede cometer errores, y ello genera conflictos sociales. Para resolver esa cuestión, Durkheim plantea una serie de dicotomías que le permiten llegar a conclusiones para él feraces: Hay una sabiduría colectiva que se encarna en la ciencia, en el imperio de la razón, y en última instancia, como manifestación política de todo ello, en el Estado. A esta sabiduría colectiva se le contrapone una falsedad colectiva, en la que están los sentimientos populares, o las creencias irreflexivas de las masas.

Es evidente que a cada uno de nosotros nos asiste el derecho de conocer los crímenes del franquismo, como los de cualquier grupo político que haya recurrido al Estado o a cualquier otro medio violento. El Anteproyecto de Ley no se refiere a la posibilidad de que investiguemos el pasado o de que nos beneficiemos de que otros, como por ejemplo los historiadores, lo hagan y den a conocer sus hallazgos. A lo que se refiere el texto es a que tenemos el derecho, pero en realidad el deber, de asumir como única verdad la que nos quiera imponer el Gobierno. Es nuestro derecho a ser adoctrinados por el Estado.

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[i] La teoría de una conciencia colectiva fue elaborada anteriormente por Alfred Espìnas en su obra Des Societés Animales (1877). Ver History of Political Thought. Raymond Gettell. Routledge, 1924 (2020). Cap. XXVIII. 3.

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