Pues seguimos con más casos de sobresueldos e irregularidades y de dinero quitado a la fuerza a terceros (contribuyentes) en beneficio propio.
Artículo de ABC:
"La mayoría de los españoles saben que existen, pero no los ha visto nunca. No sucede así en la dirección de la Unión General de Trabajadores (UGT) en Andalucía, donde los denominados billetes «Bin Laden» son papel moneda de curso común. Todos los meses el sindicato solicitaba por correo electrónico a su sucursal bancaria habitual que preparase billetes de 500 euros para pagar sobresueldos a sus dirigentes. Siguiendo las instrucciones de la cúpula de UGT-A, un empleado acudía cada mes a la oficina de la entidad financiera en Sevilla donde la organización tiene abierta su cuenta corriente para retirar un talón al portador.
La cuantía de los cheques coincide exactamente con el coste de las dos pagas que el sindicato abonaba cada mes a la anterior ejecutiva que dirigía Manuel Pastrana y a tres asesores de UGT-A: entre 17.710 y 23.810 euros. La suma variaba dependiendo de si el secretario general hasta mayo, Manuel Pastrana, cobraba 3.000 euros extra al margen del sobresueldo que obtenía por «colaboración con la actividad sindical» y las dietas.
ABC ha tenido acceso a uno de los correos que la responsable del departamento de Compras del sindicato, Lola Sánchez, envía al banco indicándole el desglose de los billetes antes de pasarse por la ventanilla de la entidad para cobrar el talón.
La organización tenía predilección por los billetes de color morado a la hora de sacar el dinero. «Dime por favor si es posible que hoy cobremos un talón de 17.710 euros con el desglose que te adjunto: 10.000 euros en billetes de 500€, 5.000 euros en billetes de 200€, 700 en billetes de 50€ y 10 en un billete de 10€», indicó al empleado del banco la responsable del sindicato en un correo el pasado 29 de junio de 2010. Es la misma fecha de cobro que aparece en el cheque en poder de este periódico, que viene avalado con dos firmas. La primera rúbrica corresponde al entonces responsable de Administración del sindicato, Federico Fresneda, y la otra al vicesecretario de Organización y actual secretario general de la UGT-A, Francisco Fernández Sevilla. En otras ocasiones, era el propio Pastrana quien autorizaba con su firma el pago del talón al portador con el que se le remuneraba a él y al resto de mandos del sindicato. ABC reproduce un cheques por importe de 23.810 euros cobrado el 28 de noviembre de 2011.
Los doce miembros de la dirección regional cobraban 900 euros fijos: 400 en concepto de «colaboración por actividad sindical» y 500 euros más que se disfrazaban como dietas con idéntico kilometraje (924,74 kilómetros) y número de comidas (22). Aparte, todos los «ejecutivos» tenían cubiertos todos sus gastos.
La cuantía del cheque aumentaba en función de la remuneración que se entregaba a Pastrana por su «actividad sindical». En la contabilidad del sindicato figuran anotaciones con entregas de 3.000 euros en efectivo a favor de Pastrana, por ejemplo, entre enero y marzo de 2012, como recoge el informe pericial aportado en el procedimiento judicial planteado en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) por trabajadores afectados por el ERE de la central sindical anunciado el pasado noviembre.
Pagas por acción sindical
La retirada de dinero en cheques mensuales desmonta la teoría oficial de la dirección de UGT en Andalucía, que defiende que ningún directivo recibe retribuciones de las arcas de la organización al margen de las dietas por comidas, alojamiento y desplazamientos. El nuevo secretario general, Francisco Fernández, aseguró el 28 de agosto que «UGT tiene a todos sus miembros liberados de su actividad sindical y perciben el salario de sus empresas».
«Estas comisiones (como se refiere a los sobresueldos) han seguido originando el mismo nivel de gastos, sin tener en cuenta las “dificultades” económicas por las que pasaba la empresa», apunta el informe pericial. En el documento también se cuestiona que la actividad sindical sea una «actividad remunerada», pues «es parte de las tareas y obligaciones inherentes al cargo de los miembros de la ejecutiva»."
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