La Dirección General de Tráfico está aplicando mayores multas de las debidas, al no aplicar los márgenes de error de los radares establecido por ley, lo que conllevaría atentar contra los derechos de cientos de miles de ciudadanos esquilmando todavía más sus bolsillos.
Todo esto es lo que está denunciando la AEA, que expone también en este artículo algunos consejos para los multados para comprobar los abusos en las multas:
Artículo de El Confidencial:
"La Dirección General de Tráfico está aplicando incorrectamente los márgenes de error de los radares y aplicando por ello sanciones superiores a las establecidas, según ha denunciado la asociación de defensa de los conductores Automovilistas Europeos Asociados (AEA).
En España existen unos márgenes legales de error en los aparatos de medir la velocidad de los vehículos que utilizan la DGT y otros organismos y ayuntamientos para controlar el tráfico. Estos límites son de 5 km/h en las sanciones de hasta 100 km/h en el caso de los radares fijos, mientras que en los radares móviles, los que lleva la Guardia Civil en los coches, es de 7 km/h. A partir de 100 km/h, el margen es de un 5% sobre la velocidad real medida para los fijos y de un 7% para los móviles
La consecuencia de la mala aplicación de estos márgenes de error es que según AEA "miles de multas por exceso de velocidad podrían anularse". Por ello, Mario Arnaldo ha señalado que van a pedir al Ministerio del Interior la "revisión y cancelación" de todos los expedientes sancionadores en los que el cálculo de la velocidad excesiva no se haya hecho conforme a los criterios actuales.
Desde la DGT se ha respondido que aplican un margen de error de un 10% en todas las sanciones de velocidad, algo por lo que dicha asociación ha dicho que la DGT miente, mostrando dos ejemplos de dos sanciones impuestas recientemente a sus asociados.
En una de ellas un conductor ha sido sancionado por circular a 130 km/h en una zona de 120 con 100 euros, algo que no tendría sentido si se aplicara ese 10% que argumenta la DGT. En la otra, a un conductor cazado a 151 km/h se le ha impuesto una sanción de 300 euros y 2 puntos cuando con la aplicación del margen de error del 10% también sería de 100 euros.
Este problema tiene una fácil solución. Cualquier persona que haya sido sancionada por exceso de velocidad puede comprobarlo. En la foto viene la velocidad a la que le ha detectado el radar, pero de ella hay que descontar esos 5 o 7 km/h hasta los 100 km/h o bien un 5 o un 7% a partir de esta velocidad, según sea un radar fijo o un móvil. Y a partir de ahí, con el cuadro de sanciones de la DGT comprobar el importe real de la multa.
Además, y según una aclaración de AEA, una aplicación correcta de los márgenes de error en la velocidad excesiva que sancionar está apoyada por una circular de la Fiscalía General de Estado, en la que se subraya que, cuando por ausencia de datos o imposibilidad de aportarlos se hace imposible el cálculo preciso, "se utilizará el máximo porcentaje de error contemplado en la norma".
El presidente de AEA, Mario Arnaldo, comenta que “desde que entró en vigor la Ley de Seguridad Vial en mayo de 2010, en cientos de miles de sanciones la DGT no está aplicando ningún margen de error y está imponiendo sanciones por encima de lo que marca la ley".
Por ello AEA ha reiterado la denuncia y ha pedido al Ministro del Interior que revise y cancele las sanciones que la DGT está imponiendo ilegalmente al no aplicar correctamente los márgenes de error legalmente establecidos. También va a pedir "la intervención de los grupos parlamentarios en la Comisión de Seguridad Vial del Congreso de los Diputados para que, en sede parlamentaria, la Directora General de Tráfico aclare definitivamente esta cuestión que afecta a los derechos fundamentales de cientos de miles de ciudadanos".
De hecho, miles de sanciones por exceso de velocidad podrían anularse por falta de garantías en el procedimiento sancionador establecido en la Ley de Seguridad Vial. La razón es que la norma técnica que utiliza la DGT para calcular los márgenes de error quedó obsoleta en el año 2006. En las notificaciones que envía a los conductores, la DGT advierte que para el cálculo del exceso y la sanción aplicable “se han tenido en cuenta los márgenes de error estipulados en la Norma UNE 26444.” Y esta norma es la derogada hace 7 años, según AEA.
Solo una última aclaración, en el consultorio sobre ruedas de El Confidencial, en el que se analizan cuestiones legales sobre el automóvil, rara es la semana en la que algún lector no ha sufrido en sus carnes una sanción superior a la que le corresponde legalmente por un fallo en el cálculo del margen de error. "
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