Hasta por ser despistados te van a sancionar...
Artículo del Blog Salmón:
"Dentro
de los despiporres legislativos, el Consejo de Ministros de hoy, nos deja un
texto que duele leerlo y más nos va a doler en el momento que entre en vigor,
porque el
anteproyecto de ley de seguridad
ciudadana, es la ley que será la más represiva que se ha visto en la democracia
y que se saca una especie de pseudo-código penal económico a base de sanciones
monetarias por faltas administrativas; en hechos u acciones que no son
constitutivas de delito.
La
anécdota al texto, la tenemos en una infracción leve que se saca este
reglamento en el que nos van a
sancionar literalmente por despistados. Si extraviamos 3 o más veces la documentación personal
en el plazo de 5 años, nos pueden imponer una sanción máxima de 1.000 euros. El
despiste en este país con el DNI, pasaporte o permiso
de conducir se cuantifica en un mínimo de 100 euros y un máximo de 1.000 euros.
Esta es la multa para los despistados, que no deja de ser la anécdota para lo
que viene detrás.
La ley, contempla 3 baremos sancionadores al tipificar las infracciones como leves, con multa máxima de 1.000 euros, graves, con multa máxima de 30.000 euros y muy graves, con multas máximas de 600.000 euros. En principio, podemos pensar que no afecta a una gran mayoría de ciudadanos, pero una vez veamos las nuevas consideraciones de infracciones, el aunto se pone calentito, calentito.
La ley, contempla 3 baremos sancionadores al tipificar las infracciones como leves, con multa máxima de 1.000 euros, graves, con multa máxima de 30.000 euros y muy graves, con multas máximas de 600.000 euros. En principio, podemos pensar que no afecta a una gran mayoría de ciudadanos, pero una vez veamos las nuevas consideraciones de infracciones, el aunto se pone calentito, calentito.
Sanciones graves, la mejor de todas, el ultraje a España
Se considerará infracción grave: Las ofensas
o ultrajes a España, a las Comunidades Autónomas y Entidades Locales o a sus
instituciones, símbolos, himnos o emblemas, efectuadas por cualquier medio,
cuando no sean constitutivos de delito.
Introducir
el término de ultraje en un
procedimiento administrativo se las trae, porque la verdad, yo no sé cómo se
puede injuriar a una institución mediante palabra, o cómo se va a evaluar el
hecho del desprecio a las instituciones. Una cosa es vivir bajo una bandera y
nación y otra cosa es tener que arrodillarse ante ella por ley. Quién dice
nación, dice comunidad autónoma y ayuntamiento, puesto que se reflejan todos
los estamentos administrativos.
Tan
solo espero que la lógica y el sentido común eliminen esta cantidad de
barbaridades, entre ellas, como puntos realmente graves, la laminación de derechos de reunión, información,
manifestación pública y una
larga lista cuanto menos discutible que el Gobierno se ha sacado de la
manga con el objetivo de reprimir socialmente a base de estacazos económicos
literales."
Más información sobre la ley en la página de La Moncloa
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