miércoles, 7 de septiembre de 2016

Manipulaciones, incendios y recalificaciones.

Un necesario artículo del 2015, verano en el que se repitió exactamente lo de este verano. Una serie de bulos y manipulaciones informativas de algunos medios con una finalidad evidente. 
Andrés Rodríguez muestra y refuta los diversos bulos surgidos sobre los incendios forestales y la recalificación de suelos, incluyendo otros relacionados.
 
Anda circulando con gran fuerza por las redes sociales, diferentes imágenes y no-noticias según las cuales, se achaca que la cantidad de incendios forestales de este año se debe a que ahora se vaya a permitir la recalificación de suelos quemados. Que 2012 fuera el año con más incendios de los últimos 10, ¿también era por el cambio de ley? La realidad vuelve a superar a la ficción de los bulos.
Ejemplo de manipulación
El pasado 21 de Julio se publicaba en el BOE la nueva Ley de Montes, por la que según las diferentes asociaciones ecologistas se permitiría recalificar en los montes quemados y esto significaría un aumento de los incendios. Algunos medios de desinformación como EL Plural, directamente se lanzan a la piscina y titulan “Un mes después de la ley que permite recalificar terrenos incendiados, España arde“.
Primera manipulación
El razonamiento en sí, es una estupidez, propia de cuando intentas buscar el clic indignado y ser compartido rápidamente por Facebook. Primero de todola nueva ley de Montes no entra en vigor hasta el 21 de octubre (véase la disposición final de la Ley) por lo que aunque ahora existan incendios, los suelos no podrían ser recalificados porque no tiene retroactividad.
Disposición final séptima. Entrada en vigor de la ley.
La presente ley entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley.
Madrid, 20 de julio de 2015.
Por otra parte, la publicación de la nueva Ley de Montes y las posibles recalificaciones, no sirven para nada porque las diferentes comunidades autónomas deben de desarrollar su propia normativa autonómica.
E incluso aunque se desarrollara la normativa autonómica, las recalificaciones tienen bastantes excepciones y el cambio de uso no es sencillo (se sigue prohibiendo el cambio de uso en los siguientes 30 años), porque la legislación autonómica debe de garantizar un periodo mínimo para la regeneración de la cubierta vegetal. Por tanto, la recalificación NO sería inmediata.
Sólo se permite la posible recalificación en aquellos casos de carácter excepcional en la que concurran razones de interés público de primer orden y la recalificación de la zona quemada tiene ser previa al incendio.
Sesenta y tres. El apartado 1 del artículo 50 queda redactado como sigue:
«1. Las comunidades autónomas deberán garantizar las condiciones para la restauración de los terrenos forestales incendiados, y queda prohibido:
a) El cambio de uso forestal al menos durante 30 años.
b) Toda actividad incompatible con la regeneración de la cubierta vegetal, durante el periodo que determine la legislación autonómica.
Con carácter singular, las comunidades autónomas podrán acordar excepciones a estas prohibiciones siempre que, con anterioridad al incendio forestal, el cambio de uso estuviera previsto en:
a) Un instrumento de planeamiento previamente aprobado.
b) Un instrumento de planeamiento pendiente de aprobación, si ya hubiera sido objeto de evaluación ambiental favorable o, de no ser esta exigible, si ya hubiera sido sometido al trámite de información pública.
c) Una directriz de política agroforestal que contemple el uso agrario o ganadero extensivo de montes no arbolados en estado de abandono.
Asimismo, con carácter excepcional las comunidades autónomas podrán acordar el cambio de uso forestal cuando concurran razones imperiosas de interés público de primer orden que deberán ser apreciadas mediante ley, siempre que se adopten las medidas compensatorias necesarias que permitan recuperar una superficie forestal equivalente a la quemada. Tales medidas compensatorias deberán identificarse con anterioridad al cambio de uso en la propia ley junto con la procedencia del cambio de uso.
En el caso de que esas razones imperiosas de primer orden correspondan a un interés general de la Nación, será la ley estatal la que determine la necesidad del cambio de uso forestal, en los supuestos y con las condiciones indicadas en el párrafo anterior.
En ningún caso procederá apreciar esta excepción respecto de montes catalogados.»
Sí, podrían decir que el desarrollo de un complejo turístico podría ser una de estas razones (estoy pensando en una nueva Terra Mítica), pero las medidas compensatorias harían inviable cualquier medida urbanística.
La ley obliga a recuperar una superficie forestal equivalente a la quemada que cambia de uso. ¿De qué te sirve quemar si van a pasar un periodo de años hasta que puedas construir y te van a salir por un pico las medidas compensatorias?
Tal y como recuerda el Aula de Silvicultura de la Facultad de Forestales de la Universidade de Vigo, el posible origen de esta modificación puede estar en el complejo de Meseta Ski, que supuso un conflicto entre el Estado y la Comunidad de Castilla y León y que sólo se resolvió después de la intervención del Tribunal Constitucional.
Como bien recuerdan en el Aula de Silvicultura entre 2001 y 2012, únicamente el 0.34% de los incendios tuvo relación con la recalificación y la construcción.
Todo indica a que, pese a estar en el imaginario colectivo, la causalidad incendio-cambio de uso del suelo no es demasiado frecuente (0,34% de los incendios y 0,12% de la superficie quemada en el periodo 2001-2012 y valores similares antes de la aprobación de la ley 43/2003). Por ejemplo, está mucho más demostrada la relación incendio-pastoreo/roturación y aún así se elimina (con bastante menos ruido) la referencia correspondiente al apartado 50.2.
Y sin que sirva de precente, hasta en Greenpeace desmontan el mito de los incendios y la construcción.
Desde @greenpeace_esp afirmamos rotundamente: NO hay relación entre los incendios  de este verano y la Ley de Montes recién aprobada
Y el año pasado ¿también había cambio de Ley?
Incluso dando por buenos los razonamientos de la relación incendios-construcción, ¿por qué ardió el monte el año pasado, y el anterior, y el anterior…? ¿También había cambio de ley? El año 2012 fue el peor año de los últimos 10 años, tanto en superficie forestal ardida como en número de incendios. En 2012 ardieron 217.000 hectáreas en casi 16.000 incendios.
Ha
Gráfico de La Vanguardia en base a los datos del Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente.
Las verdaderas recalificaciones
Mientras que se piensa que las recalificaciones son todas para la construcción, la mayoría de recalificaciones se hacen para cambios de uso agrícola y ganadero. Esa es la verdadera realidad de las recalificaciones y gran parte de bastantes incendios. Renovación de la masa forestal (necesidad de incendios para especies pirófitas, etc.), cambios de uso a viñedos, plantaciones de nuevos cultivos, etc… necesidad de pastos ganaderos… (el 68% de los incendios en 2008).
Construir en un terreno ardido es un coñazo y carísimo. Cuando un suelo sufre un incendio, pierde toda la estructura. Hay que gastar más para hacer la cimentación, necesitas tomar medidas correctoras para evitar la inundación de las cenizas… es un verdadera coñazo.
Otro mito con los incendios
Otros mitos habitualmente repetidos con los incendios además de la construcción, son que los incendios los hacen los madereros para abaratar la madera. El problema de este mito, es que quien lo dice, conoce poco el sector forestalLa madera quemada NO sirve para nada.
La madera quemada no tiene ningún valor, porque no puedes hacer nada con ella. Las pasteras hace años que dejaron de comprarla porque no sirve para nada (necesitas aumentar el blanqueado). Únicamente para hacer tableros de aglomerado, pero su valor es reducido en comparación con el coste de cortarla. También para la generación de biomasa, aunque su poder calorífico es menor que madera no quemada y el tema de la biomasa en España está muy parado.
En los últimos años las comunidades autónomas cada vez más han enfocado sus esfuerzos en mantener la madera quemada en los lugares ardidos, con el objetivo de la creación de barreras forestales para evitar la pérdida de suelo. ¿Negocio para el propietario?
¿Por qué hay tantos incendios este año? Calor, abandono y malas prácticas agrarias
1.
2015 es uno de los años más calurosos y con precipitaciones más irregulares, especialmente durante la primavera como en el mes de mayo. Situación que también ocurrió durante el invierno 2014-2015.
2.
España es un país con una superfice forestal que cubre más del 50% del territorio (el segundo país en superficie forestal de la UE por detrás de Suecia), sufre un gran problema de abandono y envejecimiento rural y una baja valorización del monte.
Las masas forestales se han extendido al desaparecer el mosaico de bosque-zona agraria, la leña recogida va en descenso, menos ganadería extensiva (seguros, ataque de animales salvajes, caída de precios), la producción de corcho o esparto (caída de precios, etc.)… todo ello ha provocado que el monte se abandona.
3.
A todo esto, hay que añadir el sistema de gestión forestal en España donde hay una gran cantidad de propietarios privados haciendo que sea casi imposible realizar una gestión en cojunto. La nueva Ley de Montes incluía medidas en este sentido para mejorar la gestión forestal, aunque se necesita que las Comunidades autónomas se impliquen.
Incluso el aumento de zonas protegidas ha ocasionado algunos problemas de gestión, por el choque de las figuras de protección con las prácticas de gestión tradicional y/o comercial que evita en muchas ocasiones los incendios.
4.
Quizás la razón más importante de todas… los presupuestos de prevención se han recortado durante la crisis. Todo el mundo del sector forestal sabe que los incendios se apagan durante el invierno (limpieza, mejora de accesos, etc.) para evitar dar combustible a los incendios del verano.
Nota final
Como podemos ver, achacar que el monte arde a un posible interés urbanístico no tiene ningún sentido. No es más que otro bulo realizado para cabrear al personal mientras ganas dinero con los clics.
¿Es esta nota un apoyo a la nueva Ley de Montes? Aunque tiene cosas buenas como la mejora de la planificación forestal, también tiene cosas pésimas como la reducción de competencias a los agentes forestales.

¿Por qué se focaliza todo en la estupidez de las recalificaciones y no en la reducción de competencias a los agentes forestales? Los agentes forestales no dan clics, la indignación recalificadora, sí.

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