miércoles, 12 de junio de 2019

El registro horario o la esclerosis del mercado laboral

Javier Jové analiza otra nueva muestra del esclerótico mercado laboral que padece España, a raíz de la imposición (otra nueva intromisión y control gubernamental en la sociedad civil) del registro horario. 

La entrada en vigor el pasado 12 de mayo de la obligatoriedad de llevar un registro horario de la jornada laboral de los trabajadores, está ocasionando un desconcierto mayúsculo en los empresarios, pero también entre los empleados. El registro horario es un mecanismo antiguo, obsoleto y caduco, más propio del siglo XIX que de las exigencias de la economía del siglo XXI, que debe estar presidida por la flexilibidad y el trabajo por proyectos, más que por el absurdo presentismo. La reinstauración y universalización de la viejas máquinas de fichar, sea en versiones de modernas aplicaciones informáticas o rudimentarias hojas firmadas a mano, no responden a las necesidades del mundo actual. Introduce rígidos corsés que van en contra de la evolución del mercado laboral, orientado hacia modelos flexibles de conciliación laboral, adaptación de las jornadas laborales a las cargas de trabajo cambiantes a lo largo del año, tele trabajo o trabajo por objetivos. Esta norma impone rigideces añadidas al ya de por sí rígido mercado laboral español y amenaza con esclerotizarlo.
El trabajador será quien determina qué jornada laboral hace, auto declarando su hora de entrada y de salida sin que el empresario pueda rebatirlo, dando un poder total a los empleados desaprensivos para auto reconocerse horas extras y jornadas maratonianas inexistentes y dejando al empresario al pie de los caballos ante una posible denuncia ante la Inspección de Trabajo. El empresario reaccionará obligando a fichar las salidas al cigarrillo y al bocadillo y las idas al baño para que no computen como tiempo trabajado o requisando los móviles al entrar al centro de trabajo para evitar la pérdida de tiempo efectivo de trabajo y de productividad asociado a los mismos. Esto llevará a enrarecer las relaciones laborales y a sembrar la cizaña, generando desconfianza mutua y debilitando el necesario clima de confianza que debe presidir la relación entre empleador y trabajador, disparando la litigiosidad.
El desbarajuste ocasionado en estos primeros días es tal que la Ministro de Trabajo ha dado instrucciones a la Inspección Trabajo para que, de momento, no multe a las empresas por la no llevanza del dichoso registro, es decir, ha ordenado a funcionarios públicos para que no apliquen una ley en vigor, lo que en el Código Penal tiene un nombre. Si el gobierno no va a aplicar la ley, lo mejor que puede hacer es derogarla, en aras de la debida seguridad jurídica.
La excusa para esta nueva absurda regulación es la de proteger al trabajador de los abusos empresariales, ignorando que la mayor garantía para los trabajadores no procede de la ley, sino del pleno empleo. En un mercado laboral presidido por el pleno empleo, si tu jefe es un capullo y te explota, te piras, pides la cuenta y te buscas otro curro. Esta norma no pretende eso, lo que busca es recaudar más a costa del trabajador y empresario, una visión cortoplacista, porque esa recaudación adicional lleva aparejada un incremento correlativo de las prestaciones de la Seguridad Social, así que lo comido por lo servido, con el agravante de que provocará más paro, que es lo que realmente debilita la posición del asalariado.

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