domingo, 26 de agosto de 2018

Los efectos de la contra-reforma laboral de Sánchez: volver a la negociación colectiva pre-2012 generará cinco puntos más de paro

D. Soriano analiza los efectos de la contra-reforma laboral que pretende Sánchez (PSOE) y sus negativos efectos sobre el empleo (y consecuentemente sobre los salarios, la prosperidad, la igualdad o la recaudación). 
Pero nada de esto importa, claro. Luego que si somos esto o aquello. Que si queremos ser como los países ricos de Europa (pero sin adoptar las medidas que ellos adoptan para serlo). Lo importante es la ideología y un creciente control estatal-sindical que les otorga poder (pues ellos no sufren las consecuencias negativas de sus medidas, pero sí su aumento de poder propio y de intereses).

Artículo de Libre Mercado: 
Pedro Sánchez | EFE
La tasa de paro en España no es normal. No lo era en 2007 cuando rondaba el 8% tras una década de crecimiento económico sostenido; tampoco en 2012-13, cuando alcanzó su máximo post-crisis del 26,94%; y sigue sin serlo ahora que está en el 15,28% según la última EPA.
Está claro que siempre es mejor el 15% que el 26%, pero diez años después de que estallase la crisis y tras seis años de recuperación, ese nivel sigue llamando la atención si lo comparamos con el que muestran el resto de los países ricos. En la UE, por ejemplo, sólo Grecia nos supera. Y países como Italia o Portugal, con menor crecimiento desde hace años, mantienen un nivel de desempleo inferior al nuestro. Es decir, a igualdad de circunstancias (ya sean esas circunstancias las propias de una crisis o de un período de crecimiento económico) nuestro nivel de paro está de forma permanente al menos 5-6 puntos por encima de lo habitual en los países de nuestro entorno.
Hay muchos posibles culpables. Por ejemplo, nuestra normativa laboral, una de las más rígidas (otros prefieren calificarla como "garantista") del mundo. Hoy nos centraremos en lo que tiene que ver con la negociación colectiva, la prioridad de los convenios sectoriales o de empresa y sus efectos en el paro. Éste es un punto importante porque fue uno de los grandes cambios de la reforma laboral que se aprobó en 2012 y es uno de los objetivos fundamentales de los sindicatos, que quieren volver a la situación previa a aquella reforma (y podrían encontrar un aliado en la ministra de Trabajo de Pedro Sánchez, Magdalena Valerio).
Hasta aquel año, en España los convenios sectoriales eran los que fijaban las condiciones salariales para la gran mayoría de los trabajadores (bien de forma directa o a través de las cláusulas que obligaban a todas las empresas de un sector a aplicar lo pactado por sindicatos y patronales representativos). No sólo eso, además, los descuelgues eran complicados y muy poco frecuentes. La reforma de Fátima Báñez cambió las reglas del juego e impuso la prioridad de los convenios de empresa y facilitó los descuelgues: así, empresario y trabajadores podían ajustar sus acuerdos a las condiciones reales de cada compañía.
Hace siete años (y, por lo tanto, antes de la aprobación de la reforma de 2012),Juan F. Jimeno y Carlos Thomas firmaban el siguiente estudio para el Banco de España: "Collective bargaining, firm heterogeneity and unemployment". Su objetivo era comparar "el comportamiento del mercado laboral bajo negociación a nivel de empresa y a nivel de sector". Sus principales resultados fueron dos: "Primero, el desempleo es menor bajo negociación a nivel de empresa. Segundo, introducir el descuelgue eficiente de los convenios sectoriales basta para reducir el desempleo al nivel que se logra bajo prioridad en la negociación de empresa. Para una economía europea continental arquetípica, encontramos que la tasa de paro es aproximadamente 5 puntos porcentuales menor bajo negociación de empresa (o descuelgue eficiente) que bajo negociación sectorial".
Estas conclusiones son muy relevantes para el caso español. Porque es en nuestro país donde más incidencia parece haber tenido este tipo de regulación. Como explican los autores, "entre los países europeos hay diferencias relevantes respecto a los niveles en los que la negociación salarial tiene lugar (nacional, regional, sectorial, empresarial), la forma en la que este tipo de acuerdos colectivos se superponen, los sindicatos y patronales que están facultados para negociar y las reglas por las que las cláusulas pueden ser aplicadas a los trabajadores de empresas que no han formado parte del acuerdo".
Los argumentos a favor y en contra de la negociación colectiva a nivel empresarial son bien conocidos. Por un lado, están los que defienden que introduce más flexibilidad y permite a las empresas adaptarse a sus circunstancias. Cuando se habla en estos términos, casi siempre se piensa en términos negativos ("adaptarse a las circunstancias" suena a eufemismo para no decir "bajar los sueldos cuando bajan los ingresos"), pero no tiene por qué ser así: es cierto que los acuerdos a nivel de empresa generan subidas de salario más bajas cuando llegan las crisis, pero la flexibilidad que introducen también puede beneficiar a los trabajadores (las empresas tendrán menos miedo a firmar buenas condiciones en los tiempos de vacas gordas, porque saben que no se quedarán atadas por esos acuerdos, pase lo que pase en el futuro).
Enfrente, los que defienden la negociación colectiva a nivel sectorial aseguran que "equilibra" las relaciones de poder entre empresarios y sindicatos. De acuerdo a esta visión, a nivel de empresa el que lleva las de ganar es el empresario, que puede imponer sus condiciones a los representantes de los trabajadores usando la amenaza del despido o el ERE si no se aceptan sus requisitos. Al llevar la negociación a nivel sectorial, las grandes centrales sindicales harían valer su peso en la negociación. Magdalena Valerio se posicionó claramente en este sentido hace unas semanas, en la Comisión de Empleo del Congreso de los Diputados: "[El Gobierno] se propone recuperar el poder de la negociación colectiva. Hay que limitar la prioridad aplicativa de los convenios de empresa. El convenio empresarial es susceptible de no reflejar fielmente el equilibrio necesario". Según informaba en aquel momento El País, "la intención del Ejecutivo sería que lo pactado por sindicatos y patronales sobre salarios y jornadas de trabajo (número de horas a trabajar cada año) en los ámbitos sectoriales estuviera por encima de lo que se pactara en el seno de las empresas. Para este ámbito quedarían temas de organización interna, como el horario, los turnos y otros elementos de las condiciones laborales".

Las consecuencias

Un cambio de esta magnitud no será neutro. Tendrá efectos en cómo se negocia, qué tipo de cláusulas se firman, cómo afectan a las empresas… Las siguientes son las principales conclusiones a las que llegaron Jimeno y Thomas (en un artículo, hay que recordarlo, previo a la reforma de 2012, en el que simplemente analizaban los datos de varios países europeos con diferentes modelos de negociación colectiva).
Para empezar, los autores aseguran que "si la negociación colectiva tiene lugar a nivel de empresa, es más probable que los salarios reaccionen a los factores que afectan de forma específica a la empresa, como por ejemplo la productividad, que si la negociación colectiva tiene lugar a nivel sectorial o superior".
Sus datos confirman lo que ya habían planteado otros estudios similares. Por una parte, "el desempleo es más elevado bajo negociación colectiva a nivel sectorial que a nivel empresarial". La razón es doble y tiene que ver tanto con la destrucción de empleo como con la creación de nuevos puestos de trabajo. Si la negociación colectiva se centraliza a nivel sectorial las firmas reaccionan con más despidos que en el caso de negociación a nivel de empresa: "Así pues, empleos de baja productividad, que sobrevivirían (o serían creados) en un régimen más descentralizado, son destruidos (o no creados) en un modelo con negociación sectorial". Más despidos y menos empleos creados: o por decirlo de otra manera… con negociación sectorial se produce un incremento de la tasa de desempleo (manteniendo el resto de condiciones iguales).
Pero además, el estudio alcanza una segunda conclusión muy interesante (y que lo sería todavía más un año después de su publicación, cuando se aprobó la reforma de 2012): "Permitir el descuelgue de los convenios es suficiente para reducir el desempleo a los niveles que tendría en caso de una negociación colectiva descentralizada. Y estos resultados se mantienen a pesar de que sólo una pequeña parte de las empresas (aquellas que no puede permitirse pagar los salarios acordados a nivel sectorial) optan de forma efectiva por ese descuelgue. La razón es la siguiente: el umbral de productividad para las firmas que se descuelgan es menor que para las que no lo hacen y, por lo tanto, representa el umbral de creación y destrucción de empleo en este escenario". Éste es un esquema muy similar al planteado en la reforma, que otorgaba la prioridad a los convenios de empresa en el caso de que así se pactase y, al mismo tiempo, facilitaba los descuelgues por parte de las firmas en dificultades.
¿Y de cuánto hablamos? Porque los defensores del modelo rígido y centralizado quizás podrían pensar que una pequeña bajada del desempleo no compensa a cambio de perder la protección que ellos creen que aporta la negociación sectorial. Pues bien, según los autores de este informe, las ganancias en términos de empleo no son menores: "Calculamos la magnitud de los efectos aquí descritos, calibrando nuestro modelo con el de una economía europea arquetípica. Llegamos a la conclusión de que cambiar de nivel sectorial a nivel empresarial (o permitir los descuelgues) reduce la tasa de paro en alrededor de cinco puntos porcentuales". Esto no quiere decir que el paro se reduzca un 5%; el efecto es mucho más acusado, se reduce la tasa de paro en 5 puntos porcentuales: o lo que es lo mismo, en España, en los peores momentos de la crisis, en vez de tener un paro del 25-26%, nos habríamos mantenido alrededor del 20% (lo que habría supuesto, aproximadamente, un millón de empleos más). No es, ni mucho menos, una cuestión menor.

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