Juan Rallo analiza otra nueva muestra de irresponsabilidad, por la que los justos pagan por pecadores. Mientras sale bien, se han beneficiado enormemente y no han devuelto nada. En cuanto les sale mal y se hace un poco de presión y lobby político, su irresponsabilidad y riesgo no lo sufren ellos, sin el resto de personas, socializando sus pérdidas.
Artículo de su página personal:
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado los términos en los que podrá anularse un contrato de hipoteca multidivisa: en concreto, cuando la entidad financiera no hubiera informado a su cliente sobre el efecto que acarrearía sobre sus cuotas hipotecarias una variación de los tipos de cambio de la divisa en la que se había suscrito el préstamo hipotecario. Recordemos que las hipotecas multidivisas son un producto financiero mediante el cual el hipotecado se endeuda en una moneda extranjera: por ejemplo, un español que decide endeudarse no en euros sino en francos suizos. ¿Por qué motivo podría un español preferir endeudarse en francos suizos que en euros cuando, en última instancia, necesita disponer del dinero en euros? Pues porque los tipos de interés del franco suizo sean muy inferiores a los tipos de interés del euro. Ésa fue, de hecho, la situación que se vivió en la Eurozona durante la mayoría de los años de la burbuja inmobiliaria: pese a que los tipos de interés ya eran bajos en la Eurozona, todavía lo eran más en países como Suiza o Japón.
Sucede que las hipotecas multidivisas no están exentas de riesgo: dado que el hipotecado ha de abonar las letras en divisa extranjera, si ésta se revaloriza, el coste mensual de la hipoteca se le dispara. Con el estallido de la crisis, las divisas de aquellos países con saldos acreedores en la balanza por cuenta corriente (por ejemplo, Suiza o Japón) se revalorizaron extraordinariamente. Fue ahí cuando muchos ciudadanos que habían contratado una hipoteca multidivisas en francos suizos o en yenes sufrieron un fuerte quebranto financiero. Ahora, la Justicia europea pretende abrir una espita para que —como ya sucediera con las preferentes, las cláusulas suelo o los gastos hipotecarios— los afectados por este producto puedan resarcirse: si el banco les informó de que se trataba de un producto de riesgo pero no les cuantificó cuánto podían llegar a perder ante distintas fluctuación del tipo de cambio, tienen derecho a anular la hipoteca. Si la operación les hubiera salido bien, nadie les habría reclamado los intereses que se habrían ahorrado; como salió mal, tratan de deshacer la transacción. Una forma de no asumir su propia responsabilidad.
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