miércoles, 30 de marzo de 2016

Ada Colau no pone fin al 'dedazo': permite contratar a familiares y parejas en cargos de confianza

Es lo que tiene el político. Mentira tras mentira para hacer lo mismo una vez está en el poder que aquél al que criticaba. 

Casta = Neocasta


Artículo de Voz Pópuli: 

La alcaldesa de Barcelona, Ada ColauEFE

El Ayuntamiento de Barcelona y los partidos políticos que tengan representación podrán seguir 'enchufando' a familiares y parejas. El código ético y de conducta aprobado por el Consistorio dirigido por Ada Colau plantea prohibir que los afectados por la norma puedan participar en los procesos de contratación pública de personas con vínculos familiares de hasta el cuarto grado de consanguinidad, algo que no afectará para los cargos de confianza, que cuentan con un reglamento específico.


Los 'dedazos' más sonados de los llamados 'alcaldes del cambio', tal y como publico Vozpópuli, colocan a Ada Colau entre ellos. Así el más sonado fue el de su pareja: Adrià Alemany. Nada más llegar al Ayuntamiento, Colau le promocionó como representante de Relaciones Institucionales de la formación con que ganó las elecciones, Barcelona en Comú, incidiendo en que su sueldo lo abonaría el partido y no el Consistorio. La mujer del 'número 2' del Ayuntamiento, Gerardo Pisarello, también experimentó el apoyo de la mano de Colau. Vanessa Valiño fue nombrada asesora del concejal de Vivienda, Josep Maria Muntaner.
El código ético -que deberá aprobarse en el pleno tras pasar por comisión- establece otras limitaciones: que los sujetos a la norma que hayan tenido responsabilidades ejecutivas en el Ayuntamiento y en sus entidades municipales no pueden "prestar servicios en entidades privadas que hayan resultado afectadas por decisiones en las que hayan participado" durante los dos años siguientes a su cese, dificultando así las puertas giratorias, ha dicho el gerente de recursos, Joan Llinares. Además, con él se crea la figura del gestor ético -que velará por su cumplimiento y resolverá dudas, entre otras funciones-, que estará asesorado por el Comité de Ética -designado por la Alcaldía-, y que el incumplimiento del código conllevará sanciones que incluirán la suspensión o la inhabilitación en las faltas graves, que no podrán sancionarse con carácter retroactivo.
Prohíbe los regalos de más de 50€
Asimismo, el anteproyecto del Código ético apuesta por rechazar regalos de más de 50 euros y viajes injustificados, ha explicado el tercer teniente de alcalde, Jaume Asens, que ha señalado que será una norma de obligado cumplimiento y con régimen sancionador, y que es la primera de un ayuntamiento del Estado con estas características. Llinares ha destacado que el anteproyecto va "más allá de lo que exige la Ley de Transparencia" porque no sólo afecta a cargos electos y altos cargos -quedarían sujetas unas 70 personas-, sino que también abarca a empresas, fundaciones e institutos de ámbito municipal, su personal directivo y los comisionados y consejeros de distritos, que suman un total de 412 personas, a las que se añadirán jurados, tribunales de selección y comisiones evaluadoras de forma circunstancial.

En cuanto a los viajes, señala que sólo se podrán efectuar cuando sea imprescindible para el desarrollo de las funciones y las competencias de los afectados, y que sólo se aceptará el pago de alojamientos o desplazamientos por parte de terceros cuando los sujetos al código hayan sido invitados oficialmente por parte de instituciones privadas o públicas a actividades vinculadas directamente a sus funciones y competencias.
Conflicto de intereses

El código -que también apuesta por la conciliación de la vida personal, familiar y laboral- regula también los conflictos de intereses y obliga a inhibirse de participar en asuntos que puedan representar intereses personales, que engloban los intereses de familiares,"incluyendo el cónyuge o persona con la que conviva, y a familiares de cuarto grado de consanguinidad y de segundo de afinidad". También considera que son intereses personales los de las personas con las que se tenga una cuestión litigiosa pendiente, los de "personas con las que se tenga una amistad íntima o enemistad manifiesta" y los de entidades con las que hayan estado vinculado en los dos años previos al nombramiento por una relación laboral.

Además, el código también obliga a garantizar que toda subvención se otorga de conformidad con los principios de publicidad, concurrencia e igualdad, y a "abstenerse de promover o participar en ningún procedimiento de contratación pública con personas físicas o jurídicas con las que se haya mantenido algún tipo de vinculación laboral o profesional en los últimos dos años previos al nombramiento".
El código también regula las incompatibilidades, apuesta por impulsar la lengua y la cultura catalana con respeto y atención a la diversidad, prevé obligar a los cargos electos a efectuar su declaración de bienes y actividades y defiende que los sujetos a la norma deben actuar conforme a los principios de los Derechos Humanos, la legalidad, la igualdad, la imparcialidad, integridad, proximidad, respeto y rendición de cuentas.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Twittear