miércoles, 30 de diciembre de 2020

El problema de la «inversión socialmente responsable» obligatoria

Mary Malone analiza el problema de la "inversión socialmente responsable" como obligatoria, tal como se está extendiendo y exigiendo activamente. 

Artículo de Mises.org: 



El término inversión en gobernanza social ambiental (ESG por sus siglas en inglés) es relativamente nuevo. Como se describe en Forbes,

Un enfoque que está aumentando lentamente es el activismo ESG, en el que un fondo de activistas se posiciona en la seguridad de una empresa con el objetivo de hacer campaña para que su negocio sea mejor en términos de gobernabilidad, menos nocivo para el medio ambiente y más responsable socialmente.

Pero el concepto de inversión moralmente selectiva no es totalmente nuevo, ya que adquirió mucha fuerza en los años cincuenta, en particular entre los sindicatos. Los sindicatos reconocieron que su capital compartido podría centrarse en inversiones que idealmente proporcionarían rendimientos beneficiosos (o que ellos percibieran como tales) en esferas como la vivienda asequible o la educación.

Los sindicatos y el concepto de ESG siguen conectados hoy en día. Una selección de inversiones centradas en ESG, si se hace obligatoria, podría convertirse, para proporcionar una comparación aproximada, en el equivalente a la alineación de fondos de un sindicato.

Aquí está el porqué:

Actualmente, las empresas tienen la capacidad—y de hecho la obligación—de despedir a los administradores de fondos de bajo rendimiento en sus planes de jubilación. De hecho, la legislación federal requiere que los administradores de fondos manejen los fondos con el objetivo de maximizar el rendimiento. Cuando se trata de administrar las pensiones, a los administradores de fondos no se les permite perseguir objetivos políticos, sino que deben maximizar el rendimiento de las pensiones de los empleados en términos de dólares.

Si la inversión centrada en los ESG se convierte en obligatoria, entonces los administradores de fondos reflejarán a los sindicatos laborales en la forma en que éstos reducen la productividad de los trabajadores y la eficiencia de la empresa en la búsqueda de objetivos políticos—es decir, si un administrador de fondos que trabaja en un entorno de ASG por mandato sacrificará las ganancias monetarias de un fondo para perseguir los objetivos establecidos por los políticos.

En este momento, sin embargo, la legislación federal se interpone en el camino

ERISA como un obstáculo para el ESG

El 2 de septiembre de 1974, tras una serie de audiencias celebradas por el Congreso para discutir la reforma de las pensiones en respuesta a tantas empresas que gestionan tan mal los planes de pensiones de sus empleados, Gerald Ford firmó la Ley de Seguridad de los Ingresos de Jubilación de los Empleados (ERISA por sus siglas en inglés). El objetivo de ERISA era aumentar la responsabilidad y la transparencia de los empleadores con respecto a su enfoque fiduciario de los planes de pensiones de sus empleados.

En ese momento, los sindicatos se opusieron a esto, ya que la legislación limitaba su flexibilidad en cuanto a sus ofertas de inversión disponibles. Específicamente, los trabajadores sindicados ya no podían dar prioridad a sus propios fines sociales sobre cualquier inversión que produjera el mayor rendimiento monetario.

ERISA ha jugado un papel fundamental en mantener bajo control el espíritu de la época de la inversión socialmente responsable. Si un empleador quiere presumir de su pasión por el medio ambiente, o de su repugnancia por la industria del tabaco (y en la era de la «señal de virtud» ad nauseam muchos están ansiosos por hacerlo y lo gritan desde las azoteas, los rendimientos se condenan), la carga de la prueba recae sobre ellos para demostrar que el aspecto «virtuoso» de su selección de fondos coincide con su obligación legal—el rendimiento óptimo de la inversión. En otras palabras, al elegir cuál de los dos fondos competidores será seleccionado para la alineación, el fondo ESG debe ser al menos exactamente sustituible con (e idealmente más beneficioso que) su potencial alternativa no ESG.

El 23 de junio de este año, el Departamento de Trabajo de EEUU (DOL por sus siglas en inglés) propuso una norma que busca cimentar aún más la responsabilidad de un empleador de subordinar la «virtud» de un fondo a su beneficio pecuniario. La decisión final, que entrará en vigor el 12 de enero de 2021, «requerirá que los fiduciarios del plan seleccionen las inversiones y los cursos de acción de las inversiones basándose únicamente en consideraciones financieras relevantes al valor económico ajustado al riesgo de una inversión particular o curso de acción de la inversión».

Ahora bien, los defensores laissez faire podrían objetar esto y argumentar que lo mejor sería permitir que cada empresa decidiera por sí misma cómo deben administrarse sus pensiones y otros fondos. Si los empleados están dispuestos a trabajar en una empresa en la que se sabe que los administradores de pensiones aceptarán rendimientos subóptimos en busca de la señalización de la virtud, entonces los empleados deberían ser libres de hacerlo.

Es justo.

Pero el peligro al que nos enfrentamos ahora es que la gestión de los fondos va en la dirección opuesta, y es concebible que los gestores de los fondos puedan enfrentarse a mandatos en términos de invertir las pensiones de los empleados de forma que se promueva el ecologismo.

No es de extrañar que se prevea que el fervor por la inversión en ESG aumente con la administración de Biden. La prioridad de los demócratas de la inversión centrada en el medio ambiente, incluso si la acción inmediata «implica costos significativos», se vio aún más reforzada por la decisión del Presidente Trump de eliminar a los Estados Unidos del Acuerdo de París, decisión que la mayoría de los demócratas consideró antiambiental. Además, la confianza en las carteras centradas en el ESG ha aumentado debido a la expectativa de que dichas carteras se reduzcan como resultado de la retirada de los Estados Unidos del Acuerdo de París (lo que no ha sido el caso hasta ahora).

Pero puede ser que los responsables de la formulación de políticas a nivel mundial estén preparando el terreno para una inversión obligatoria de tipo GEE. Según la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC):

El Acuerdo de París reafirma que los países desarrollados deben tomar la iniciativa en la prestación de asistencia financiera a los países menos dotados y más vulnerables, al tiempo que por primera vez también se alientan las contribuciones voluntarias de otros partidos. La financiación del clima es necesaria para la mitigación, porque se requieren inversiones en gran escala para reducir significativamente las emisiones. La financiación de la lucha contra el cambio climático es igualmente importante para la adaptación, ya que se necesitan importantes recursos financieros para adaptarse a los efectos adversos y reducir los efectos de un clima cambiante.

Teniendo en cuenta que, especialmente en el último año, las amenazas percibidas para la salud pública o el medio ambiente se han convertido exponencialmente cada vez más en «pases rápidos» en lo que respecta a la promoción del programa mundialista, parece cada vez más improbable que ERISA impida el «altruismo» coercitivo en la gestión de los fondos. Dado que la «justicia social» disminuye cada vez más la capacidad de los propietarios de empresas para estructurar sus compañías como ellos mismos consideren oportuno, no sería sorprendente ver un cambio de paradigma con respecto a la regulación de las inversiones, en el que los gestores de fondos de «mayor calidad» obtengan el «derecho» a no ser despedidos a pesar de los rendimientos pecuniarios subóptimos.

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