martes, 19 de marzo de 2013

Sobre el "robo" a los depositantes chipriotas (Economía, Política. 1.336)

Juan R. Rallo analiza el denominado "robo" a los depositantes de los bancos chipriotas, mostrando lo que realmente es, tal como está montado el sistema financiero actual, y que tal como denuncian los economistas de la escuela austriaca, conlleva estas crisis y situaciones:

Artículo de su blog personal:

"Es verdad que la forma en que se ha articulado la recapitalización de los bancos de Chipre ha sido bastante chapucera y se ha explicado de una forma horrorosa. El gobierno tiene la intención de imponer un tributo extraordinario sobre los depósitos de la banca y compensar a los depositantes con una nueva emisión de acciones: el propósito de tan rocambolesca maniobra es, en el fondo, imponer una quita a los depositantes sin abrir el procedimiento concursal (más lento y caro, pero más respetuoso con los derechos de propiedad). Es decir, se trata de un simple bail-in, un rescate interno donde se trueca una parte de la deuda (los depósitos) por nuevo capital del banco.

Sucede, sin embargo, que estamos tan acostumbrados en concebir los depósitos de los bancos como dinero que aprobar un impuesto sobre los depósitos se asemeja mucho a que el Gobierno “confisque” el dinero de los chipriotas. Para el imaginario popular, lo que planea hacer el gobierno chipriota es “meter la mano en la caja”, es decir, que si en los bancos de Chipre tienen 100 euros de los chipriotas, el gobierno rapiña 10 euros.

Es una forma sencilla de verlo, pero equivocada. En el mundo financiero actual, los depósitos bancarios no son dinero, sino deuda, es decir, promesas a entregar dinero (un interesante debate, en el que no hace falta entrar ahora, es si resultaría preferible que sí fueran dinero, esto es, implantar un coeficiente de caja del 100%). Que una deuda se utilice en muchas ocasiones como medio de pago no la convierte automáticamente en dinero, dado que esa deuda sólo seguirá actuando como medio de pago generalmente aceptado en la medida en que los agentes económicos confíen en que puede saldarse en dinero. O dicho de otro modo, aquellas deudas que se sepan que no van a poder pagarse en dinero dejarán de aceptarse como medio de pago (nadie quiere cobrar en una deuda incobrable).
Como ya he explicado en otras ocasiones, los bancos de Chipre estaban quebrados por invertir en deuda pública griega y, por tanto, no podían honrar el 100% de sus depósitos. Si uno no puede pagar el 100% de una deuda, como son hoy en día los depósitos, sólo quedan dos opciones: o que esa deuda la pague otro (una indeseable socialización de pérdidas) o reducir el importe a pagar de esa deuda (quita). Esto ha sido lo último que se ha hecho. Veámoslo con un ejemplo.

En un comienzo, el banco tiene 100 um invertidas en deuda pública griega, y esas 100 um han de dar para pagar las 95 um de depósitos y, eventualmente, las 5 um que los accionistas invirtieron al crear el banco. Si con el paso de los años, esa deuda pública griega sufre una quita del 15% (de modo que en lugar de 100 um sólo devolverá 85), es evidente que no todos los acreedores del banco podrán cobrar. Los primeros en perder, claro está, han de ser los accionistas, cuyos fondos propios tienen que desaparecer por entero. Pero, aun así, como vemos en el balance del banco en el momento 2, las 85 um que pagará la deuda griega son insuficientes para amortizar la deuda de 95 um en depósitos. Y aquí es donde entra lo que se piensa hacer en Chipre: una quita de 15 um a los depósitos (esto sería el tributo extraordinario) rebajándolos a 80 um, y la entrega a esos depositantes de la propiedad del banco mediante acciones de nueva emisión valoradas en la diferencia de 5 um (un banco no puede funcionar sin fondos propios, y los únicos que pueden aportarlos sin socializar pérdidas son los propios depositantes). Otra forma de verlo es que se truecan 15 um de depósitos por 15 um de fondos propios y acto seguido se les imputan a esos fondos propios las pérdidas de 10 um de la deuda griega pendientes de asignación (de ahí que al final sólo queden 5 um).



La cuestión, por tanto, es que a los depositantes chipriotas no se les ha robado nada o, al menos, no se les ha robado nada ahora. Probablemente se pueda considerar un robo, un desfalco o una imprudencia delictuosa que sus depósitos estuvieran invertidos en deuda pública griega, pero una vez ésta se impagó, lo único que restaba era asignar las pérdidas a unas deudas incobrables (los depósitos). El tributo extraordinario sobre los depósitos y su conversión en acciones es sólo una forma de articular esa asignación de pérdidas sin abrir concurso: se puede criticar el método, pero no que los depositantes vean menguar sus depósitos, pues esto era del todo inexorable si no queríamos socializar pérdidas.

En suma, no se trata de que el gobierno haya metido el dinero en la caja y se haya quedado con una parte de los depósitos de los chipriotas, es que una parte de los depósitos de los chipriotas no podían pagarse y el gobierno ha usado el impuesto para efectuar el ajuste contable. Si lo queremos ver así, la recaudación del tributo extraordinario irá a parar íntegramente a comprar acciones de nueva emisión de los bancos de Chipre… pero, ¿quién serán los propietarios de esas acciones? ¡Los propios depositantes chipriotas! ¿Y dónde estará ese dinero? En ninguna parte, pues no es una forma de redistribuir la caja, sino de reconocer que una parte de esta no existía: como podemos ver en los balances anteriores, los activos de la banca chipriota no aumentan tras el impuesto extraordinario (no tienen más dinero en caja, fruto del tributo extraordinario); básicamente, porque, como decíamos al principio, los depósitos no son dinero, sino deuda, y lo que se hace aquí es ajustar a la baja el valor de esa deuda.

Por consiguiente, la realidad es que nadie se va a quedar con la recaudación del tributo extraordinario pues, de hecho, no habrá tal recaudación: será una conversión de depósitos en acciones (únicamente afecta al pasivo de los bancos), siendo los propietarios de esas acciones los depositantes chipriotas. Nadie se queda con su dinero, pues ese dinero con el que esperaban contar no llegará a existir.

Simplemente: tenían unos créditos contra los bancos que éstos no pueden pagar y se efectúa la correspondiente quita. Es un circuito cerrado en el que las pérdidas ya existentes se asignan a los únicos que podían y debían soportarlas: los depositantes y no el conjunto de la sociedad europea."

2 comentarios:

  1. No, si el razonamiento es bueno, pero.... ¿por qué no se aplica a todos los acreedores del banco? ¿o es que se aplica aquí la ley del embudo?

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  2. Completamente de acuerdo. Lo que no se puede hacer es unos acreedores sí, y los bonistas o accionistas no, por poner un ejemplo. De hecho, esos son los primeros que deben hacer frente. Y después los deposistantes de más de 100.000€, que son los que según ley no tenían garantizados sus depósitos. Y si no es suficiente, pues se hace quita a los siguientes.

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