martes, 26 de febrero de 2019

El paraíso fiscal son los taxis

Juan R. Rallo desmonta con los propios datos fiscales y de la ley el pretendido argumento fiscal con el que pretende justificar sus privilegios legislativos y la eliminación de la competencia por parte del lobby del taxi. 
Artículo de El Confidencial: 
Foto: Imagen de la huelga del sector del taxi de Madrid. (EFE)Imagen de la huelga del sector del taxi de Madrid. (EFE)
Uno de los argumentos más habitualmente utilizados por el gremio de los taxistas para justificar sus privilegios regulatorios frente a las VTC es que ellos pagan todos sus impuestos en España mientras que multinacionales como Uber y Cabify tributan en paraísos fiscales extranjeros. De hecho, 4.000 taxistas lucirán próximamente adhesivos en sus vehículos con mensajes como “este taxi contribuye a la sanidad” o “este taxi colabora con la educación”.
La consigna nunca fue especialmente acertada, en esencia por dos motivos. Primero, porque contratar un VTC no supone contratar únicamente los servicios de Uber y Cabify: el precio de una VTC (y sus impuestos) se divide entre el conductor, el dueño de la licencia y la aplicación intermediadora (Uber y Cabify), y los dos primeros sujetos sí tributan incuestionablemente en España (y Cabify, en contra del muy extendido mito, también tiene su sede fiscal en nuestro país). Este razonamiento es tan absurdo como lo sería el de acusar a los taxistas de no tributar en España porque la aplicación de Mytaxi (propiedad del grupo alemán Daimler) no tributa en España: las ganancias de Mytaxi (cuando las tenga) no serán gravadas en España, pero los ingresos que les corresponden a los taxistas sí.
Segundo porque, cuando la mejor razón que puedes ofrecer a tu cliente para persuadirlo sobre la calidad de tu servicio es que tributas en España, estamos ante una señal inequívoca de que tu servicio cuenta con pocos argumentos de calidad: el consumidor busca aquel servicio que mejor satisfaga sus necesidades, no aquel que tome su dinero y se lo entregue al Fisco de un modo más servil. Si la gente compra cada vez más en Amazon y no en El Corte Inglés es porque Amazon les ofrece un servicio de mayor calidad que El Corte Inglés, por mucho que este último tribute en España.
Ahora bien, acaso lo peor que quepa decir acerca de esta consigna del gremio del taxi no sea nada de lo anterior, sino que se trata de una burda mentira propagandística. La mayoría de taxistas dentro de nuestro país tributa por el régimen de estimación objetiva dentro del IRPF: esta modalidad (únicamente aplicable a aquellos autónomos cuyos ingresos totales no superen los 150.000 euros) permite al contribuyente no tributar por sus ingresos reales, sino por sus ingresos presuntos en función de un módulo definido por la propia ley. En el caso de los taxis (único sistema de transporte urbano de viajeros autorizado a tributar por estimación objetiva: las VTC no pueden acogerse a él), su módulo es el 721.2en él se imputan las siguientes rentas: “Personal no asalariado: 7.656,89 euros anuales”; “distancia recorrida por 1.000 km: 45,08 euros anuales”. Es decir, que la base imponible de un taxista autónomo que haya recorrido 50.000 km. en un año será de 9.910 euros, a los cuales todavía habría que deducir la porción anual de la amortización de la licencia de taxi y del vehículo: si, por ejemplo, licencia y vehículo le hubiesen costado 150.000 euros y amortizara el 5% de ese importe, su base imponible quedaría reducida a 2.410 euros. Ese sería el rendimiento neto sobre el que debería tributar aun cuando hubiese ingresado realmente 37.500 euros (la suma que resultaría de cobrar una media de 1,5 euros por kilómetro recorrido y suponiendo que sólo hubiese recorrido con pasajeros la mitad de los 50.000 km.).
Atendiendo a la letra de la ley, el sistema parecería estar diseñado para minimizar los impuestos que pagan los taxistas; suposición que se confirma cuando recurrimos a las estadísticas oficiales. De acuerdo con los datos de la Agencia Tributaria, los 59.298 profesionales que tributan en régimen de estimación objetiva dentro del epígrafe de “transporte de viajeros” (sólo 4.058 se acogen al régimen de estimación directa) apenas soportan un tipo efectivo del 2,46% sobre sus ingresos empresariales: es decir, que un taxista que ingrese 40.000 euros apenas pagaría, de media, 1.000 euros en concepto de IRPF.
Personalmente no tengo nada en contra de que los taxistas paguen impuestos muy bajos. En absoluto me gustaría que se interpretara este artículo como una apología del incremento de los gravámenes fiscales que pesan sobre este colectivo (al contrario, ojalá todos los otros profesionales pudieran gozar también de los mismos bajos impuestos de este gremio). Pero desde luego no deberíamos aceptar que nos engañen de este modo apelando a su inexistente generosísima contribución a las arcas del Estado para justificar las barreras regulatorias contra sus competidores. El paraíso fiscal de nuestra industria del transporte por carretera no está en Delaware, sino en los módulos a los que se acogen la mayoría de taxistas patrios.

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