martes, 14 de mayo de 2019

La Junta Electoral apercibe 18 veces a Ribó por hacer propaganda con medios públicos

Son los que se pretenden arrogar la superioridad moral, los que hablan de la neutralidad de los medios públicos...
Pero es fácil ver en primer lugar la hipocresía y doble vara de medir que llevan a cabo, y en segundo lugar, la verdadera finalidad de los medios públicos bajo el poder político: autobombo, publicidad, adoctrinamiento, compra de votos, colocación de afines, redistribución del dinero del contribuyente hacia el propio y el de afines ideológicos o propaganda. 
Y nada importa, porque su incumplimiento de la ley, ni ha tenido consecuencias económicas ni multas, ni les supone perjuicio alguno (cumple su función de propaganda y cuando se corrige el hecho, ya ha tenido su efecto y a otra cosa). 
Victor Romero informa en el siguiente artículo. 

Artículo de El Confidencial: 
Foto: Joan Ribó, este lunes. (Ayuntamiento de Valencia) Joan Ribó, este lunes. (Ayuntamiento de Valencia)
El equipo de gobierno municipal del alcalde de ValenciaJoan Ribó, acumula resoluciones contrarias de la Junta Electoral Provincial por incumplir de forma reiterada la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg). En concreto, el supervisor que vigila el juego limpio en las precampañas y campañas electorales considera que el Ayuntamiento de Valencia ha empleado en las últimas semanas medios públicos como la web municipal y la cuenta de Twitter del consistorio para difundir logros de gestión, lo que contraviene el apartado 2 del artículo 50 de la citada ley, que establece claramente que "desde la convocatoria de las elecciones y hasta la celebración de las mismas, queda prohibido cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos, o que utilice imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones".
En el caso del primer edil de Compromís, favorito en muchas de las encuestas publicadas para liderar la institución una legislatura más, la Junta Electoral Provincial (JEP) ha dictado un buen puñado de resoluciones advirtiendo sobre lo irregular de la difusión de acciones de gestión con la campaña ya en marcha, sin que ello parezca que haya hecho variar de estrategia a su equipo de asesores. Este mismo lunes, el consistorio transmitió a través de los canales públicos la firma de un convenio municipal del alcalde con la empresa Repsol para clausurar dos gasolineras ubicadas en el centro de Valencia.
El guion de las resoluciones de la JEP, para las que no cabe recurso administrativo alguno, suele ser siempre el mismo. Joan Ribó celebra un acto o su equipo difunde una decisión municipal, como la refinanciación de parte de la deuda del Parque Central, la inauguración de un parque infantil o la puesta en valor de la estrategia urbanística en el barrio del Cabanyal. Algún partido de la oposición presenta un recurso ante la Junta Electoral de Zona, que resuelve a favor o en contra, y, posteriormente, la Junta Provincial termina por dar la razón al denunciante. El Partido Popular ha recibido hasta ahora 18 notificaciones de la JEP en las que se estiman sus quejas, se amonesta al consistorio y se obliga a retirar de los medios municipales los recursos gráficos o las informaciones en cuestión, según fuentes de este partido.
Para cuando llega la notificación final, han pasado varios días y la gestión municipal del alcalde ha logrado la correspondiente difusión. "En el presente caso, se observa que tanto en la página web del ayuntamiento como en el tuit que se indica en el escrito del recurso se contienen expresiones que exceden de los límites del artículo indicado de la Loreg en cuanto que incluyen valoraciones de logros que van más allá de la mera descripción informativa", dice unas de las resoluciones de la Junta Electoral fechada el pasado 6 de mayo a que ha tenido acceso El Confidencial. "En el presente caso, la difusión en periodo electoral en la página oficial de referencia puede ser valorada como difusión de logros en la gestión pública conseguida, que puede suponer una vulneración del principio de neutralidad de los poderes públicos que dimana del artículo 50.2 de la Loreg, interpretado a la luz del artículo 103.1 de la Constitución", dice otro dictamen fechado el 8 de abril de este año, en respuesta a un recurso de los populares, cuando ya se habían convocado los comicios municipales. Ninguna de las amonestaciones ha implicado hasta ahora sanciones.
"Desde el PP, exigimos que dejen de una vez por todas de intentar obtener ventaja electoral de manera fraudulenta y que no dispongan de los medios púbicos como si fueran recursos privados de Compromís", denunció hace varios días la candidata popular a la alcaldía, María José Catalá, tras conocer una de las resoluciones que obligan a Ribó a retirar la difusión de logros de gestión de los medios públicos. El PP tiene previsto hacer públicas en breve las nuevas amonestaciones que ha ido acumulando el consistorio liderado por Compromís (18) y prepara nuevos recursos. "Normalmente, pasan varios días desde que se presenta el recurso y se dictamina por la Junta de Zona, primero, y por la Junta Provincial después", señalan fuentes del equipo legal de la formación conservadora. "Para entonces, el equipo de Ribó ya ha logrado su objetivo. Se pasan por el forro la Loreg. Y encima aún se atreven a decir que quieren ser más cuidadosos", señalan.

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