Guillermo Cid analiza la vergonzosa, intromisiva, peligrosa y censora nueva ley española de datos personales, explicando los cuatro apartados más polémicos de la ley, y que otorga al político un poder impensable en cualquier otro ámbito.
Ya no necesitan preguntar (conozco distintos casos en que ayuntamientos están llamando telefónicamente a ciudadanos para averiguar abiertamente su afinidad política y a quién votan). Ahora, los políticos podrán espiar por ley a todas las redes donde te metes y harán ficheros con tu afiliación política, ideología, con lo que esto puede suponer (por ejemplo en la contratación pública, subvenciones, aprobar oposiciones...): clientelismo político, corrupción, chantaje para hacer favores políticos a cambio de apoyo electoral...
Pero todo es por tu bien, por supuesto...
Ya no necesitan preguntar (conozco distintos casos en que ayuntamientos están llamando telefónicamente a ciudadanos para averiguar abiertamente su afinidad política y a quién votan). Ahora, los políticos podrán espiar por ley a todas las redes donde te metes y harán ficheros con tu afiliación política, ideología, con lo que esto puede suponer (por ejemplo en la contratación pública, subvenciones, aprobar oposiciones...): clientelismo político, corrupción, chantaje para hacer favores políticos a cambio de apoyo electoral...
Pero todo es por tu bien, por supuesto...
Artículo de El Confidencial:
La nueva Ley de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales de nuestro país está a punto de convertirse en uno de los proyectos con más consenso de la legislatura. Pese a las polémicas generadas por algunos de sus artículos (y nuevos añadidos) desde que el borrador saliese a la luz, el Senado ratificará este mismo martes el texto propuesto por el Gobierno y que llegó a esta sala con el apoyo absoluto de la Cámara Baja. Es decir, si todo sigue según lo previsto tendremos antes del final de noviembre nueva ley, pero ¿por qué es tan polémica fuera y une tanto a los partidos?
Pese a que en todo el texto hay aspectos que no gustan a especialistas y activistas, tanto ellos como las asociaciones que luchan por la libertad de expresión en la red han centrado su pelea en cuatro artículos que, por un lado, pueden cambiar tu forma de usar internet y por otro, harán que los políticos tengan libertad para espiar todos tus perfiles en la red sin barrera alguna. Estos puntos son el 85, el 93, el 94 y, por último, el 58 bis (un añadido muy importante para el consenso). Unos párrafos que, como comenta Carlos Sánchez Almeida, abogado especializado en derecho en la red y miembro de la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI), “son un disparate que solo favorece a los políticos y van a avivar la censura”.
Tres de estos apartados, que están enmarcados dentro del añadido de Garantía de los Derechos Digitales impulsado por el PSOE, tienen como objetivo legislar el derecho a la rectificación y el derecho al olvido, y han sido vistos con buenos ojos por la mayoría de los partidos, pero no por los expertos. “Es un brindis al Sol que solo les beneficia a ellos, por eso se han puesto de acuerdo”, apunta Sánchez Almeida.
El añadido electoral
Algo peor ha pasado con el 58 bis. Un punto que al principio no aparecía, que se añadió "para contentar a todos de cara a las próximas elecciones" y que modifica nada más y nada menos que la Ley Orgánica del Régimen Electoral General. ¿Por qué este cambio? Para blindar que los partidos políticos puedan hacer algo que ninguna otra empresa o institución puede.
Artículo 58 bis. Utilización de medios tecnológicos y datos personales en las actividades electorales
1. La recopilación de datos personales relativos a las opiniones políticas de las personas que lleven a cabo los partidos políticos en el marco de sus actividades electorales se encontrará amparada en el interés público únicamente cuando se ofrezcan garantías adecuadas.
2. Los partidos políticos, coaliciones y agrupaciones electorales podrán utilizar datos personales obtenidos en páginas web y otras fuentes de acceso público para la realización de actividades políticas durante el periodo electoral.
3. El envío de propaganda electoral por medios electrónicos o sistemas de mensajería y la contratación de propaganda electoral en redes sociales o medios equivalentes no tendrán la consideración de actividad o comunicación comercial.
4. Las actividades divulgativas anteriormente referidas identificarán de modo destacado su naturaleza electoral.
5. Se facilitará al destinatario un modo sencillo y gratuito de ejercicio del derecho de oposición.
Gracias a este ajuste, que buscaba, según el Gobierno, evitar que un caso como el de Cambridge Analytica ocurriese en España, ahora todos los partidos tendrán libertad casi absoluta para recabar información de los ciudadanos de todas las páginas web en las que entren. Una vez recabada la información, podrán crear bases de datos ideológicas tomando la información pública y mandar 'spam' sin que pase como información comercial. Y para que sea legal solo necesitarán tener unas garantías básicas no especificadas por el momento, para poder hacer todo esto.
"Imagina que te opones al partido en el Gobierno, vista la ley según está, nadie te garantiza que dicho partido no te pueda meter en una lista de opositores. Y no solo eso, sino que no se garantiza en ninguna parte que esos datos no puedan ser utilizados para decidir quién se queda con un puesto en la Administración pública", explica Sánchez Almeida. "Se ha hecho como un gesto para contentar a todos los grupos de cara a próximas elecciones. Por los plazos, será difícil que la aprobación llegue para las elecciones andaluzas, pero vamos, que si utilizan estas técnicas para estos comicios quedarán amparados por la nueva legislación".
¿Cortina de humo?
Para este abogado, el 58 bis es un artículo clave, pero lejos de ser el único peligro, los otros tres puntos que comentábamos antes pueden tener, según él, mucho más recorrido. Asegura que, por ejemplo, el apartado 85 es una "barbaridad" y su forma de legislar el derecho de rectificación es “una chapuza que se salta el control judicial” que encima choca con la Ley de Derecho de Rectificación. que ya garantiza el amparo judicial de la libertad de información y la posibilidad de rectificación.
Por lo que se puede leer en el proyecto de ley, a partir de ahora todo el que quiera que un medio o una plataforma digital retire una información que considere errónea sobre su persona podrá pedir que lo hagan sin tener que pasar por ningún tribunal. El medio no estará obligado a retirarla, pero deberá colocar a la vista un aviso en rojo que muestre que ese contenido “no refleja la situación actual del individuo”.
“Es una norma pensada para casos como el de Pablo Casado y su máster, por eso todos se han puesto de acuerdo para aprobarla. Como ahora la sentencia dice que no hay caso, el PP podría pedir a los medios que rectificasen todas las informaciones sobre este asunto sin tener que ir a los tribunales”, explica Almeida. Y no solo hablamos de medios, ya que la ley también habla de redes sociales o foros.
La “amnesia” de los artículos 93 y 94
Tras el polémico 85, los otros dos puntos que han puesto a abogados como Almeida en pie de guerra son el 93 y el 94. Dos párrafos encargados de legislar sobre el derecho al olvido, o a la “amnesia” como aseguran sus detractores.
Según el abogado catalán, estos dos artículos no solo endurecen algo tan delicado como el derecho al olvido, sino que van contra la norma comunitaria que llegó con el RGPD. “Se saltan los límites puestos por la UE, que ya de por sí son duros en este sentido, para poder montar un pasado a medida y evitar que quede constancia en la red de la vida pasada que ellos no quieren que se vea”.
La nueva ley separa el derecho al olvido en dos espacios: los motores de búsqueda, y las redes sociales o servicios equivalentes. Y establece que "toda persona tiene derecho a que sean suprimidos los datos personales que le conciernan y que hubiesen sido facilitados por terceros para su publicación por los servicios de redes sociales y servicios de la sociedad de la información equivalentes cuando fuesen inadecuados, inexactos, no pertinentes, no actualizados o excesivos o hubieren devenido como tales por el transcurso del tiempo, teniendo en cuenta los fines para los que se recogieron o trataron, el tiempo transcurrido y la naturaleza e interés público de la información".
Es decir, ya no solo podrás pedir a un buscador que borre la información que quieras sobre tu persona, sino que te permite pedir a cualquier red que retire todo mensaje sobre ti que tú no quieres que esté ahí. “Ataca directamente la libertad de expresión y solo busca rediseñar el pasado”. No busques debates o polémicas dentro de los parlamentos por estos puntos, no las ha habido.
No hay comentarios:
Publicar un comentario