martes, 6 de noviembre de 2018

La ley del desahucio exprés no logra echar a los okupas por "el colapso de los juzgados"

Elena Berberana se hace eco del poco efecto de la nueva ley anti okupas (que para variar tuvo en contra a Podemos y PSOE) dada la lentitud y carestía de medios de los juzgados en España (lo que es gravísimo en un Estado de Derecho que se precie para un buen funcionamiento de la sociedad, pero que en España dada la vorágine legislativa y regulatoria, la creciente intromisión estatal en todo ámbito social y el poco vistoso electoralmente hablando (en lugar de dedicar dichos recursos a comprar votos y voluntades o servir a clientes políticos) aumento de medios y mejora de la eficiencia de su funcionamiento, lleva ralentizar sobremanera la justicia y a alargar los procesos a límites insospechados. 

Artículo de Libre Mercado: 
Casa okupa en Barcelona | Flickr/CC/Almusaiti
Echar a los okupas en España supone un auténtico vía crucis para cualquier propietario que se haya visto envuelto en semejante tesitura. La laxa legislación que impera en nuestro país ha desencadenado miles de denuncias de dueños de viviendas que veían vulnerados sus derecho a la propiedad privada. Un maremágnum de historias infernales provocadas por los okupantes hizo que, finalmente, se aprobara en el Congreso una nueva ley para agilizar los desalojos por vía judicial.
La nueva norma tenía una noble misión: echar al okupa en 5 días desde que se tramitara la demanda en el juzgado donde fuera interpuesta. El pasado 2 de julio, pese a que PSOE y Podemos votaron en contra de modificar la Ley de Enjuiciamiento Civil, la proposición salió adelante. Sin embargo, poco ha cambiado.

Propietarios a la espera

La mayoría de propietarios esperaban con ansia recuperar su casa okupada o, por lo menos, poder obligar a que los inquilinos morosos dejaran el piso en menos de una semana. Pero para desgracia de los afectados, no parece que el viento sople a su favor.
Expertos de Legálitas ya mostraban en su día su desconfianza con respecto a la eficacia de la Ley desahucio exprés. Y, tras poco más de tres meses de aplicación, los abogados de esta asesoría jurídica se ratifican: "La celeridad de este procedimiento es sólo experimentable una vez admitida a trámite la demanda. El periodo que trascurre desde la presentación de la demanda hasta su admisión a trámite depende de la carga de trabajo que tenga el Juzgado específico en cuestión", declara uno de los abogados especialistas.
Los demandantes, por lo tanto, deben esperar a que el juez tramite el expediente desde que se interpone la denuncia para el desahucio. Dado que la Justicia española se caracteriza por su lentitud y carestía de medios para abordar el volumen de trabajo, a las víctimas de los okupas no les queda más remedio que esperar. Otro de los letrados apunta que "no es tanto un colapso generalizado y completo, y sí de los Juzgados a los que se ha podido repartir la demanda. Tenemos un caso en el que ya ha pasado un mes y medio y todavía no lo han incoado. El periodo medio de tiempo entre que se presenta una demanda y es admitida a trámite en Madrid está en 20-30 días aproximadamente", señala el jurista.
En este despacho aclaran que desde que salió la ley antiokupas tienen aún expedientes abiertos en los juzgados a la espera de que el juez empiece a darles salida. En base a esto, aunque los desahucios se hayan podido agilizar, el propietario, una vez más, sigue sin poder volver a entrar en su vivienda tan pronto como lo necesite.

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